AGRÍCOLA HUERTOS DEL RANCO LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 16 de septiembre de 2024
- Notario
- ALVARO MARCELO MEDINA VILLANUEVA
- Domicilio
- Río Bueno
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- Río Bueno
- Duración
- 10 años a contar de la fecha de la escritura de constitución, renovables tácita y sucesivamente por períodos iguales de 10 años, salvo aviso dado por los socios mediante carta certificada notarial, con a lo menos 6 meses de anticipación al respectivo vencimiento
Objeto social
La explotación agrícola y)o forestal de predios agrícolas propios y)o arrendados o de los que la sociedad tome en medianería o en otra forma de explotación y la comercialización de los productos provenientes de dicha explotación; la realización de toda clase de inversiones mobiliarias e inmobiliarias, especialmente acciones, bonos, debentures, créditos, derechos, efectos de comercio y bienes raíces, pudiendo al efecto comprar, vender o conservar tales inversiones; la administración y arrendamiento por cuenta propia y ajena de bienes raíces; el ejercicio de la actividad comercial en sus formas más amplias y, en especial, la compraventa, importación, exportación, distribución y comercialización de toda clase de bienes, por cuenta propia o ajena, la representación de empresas nacionales y extranjeras y la intermediación en cualquiera clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes; así como todas las demás actividades relacionadas, pudiendo, para el cumplimiento de su objeto, crear sociedades o ingresar a otras ya formadas, realizar todas aquellas actividades tendientes, concordantes o conducentes a los objetos antes señalados, y desarrollar todos los demás objetos que determinen los
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALVARO MARCELO MEDINA VILLANUEVA, Notario Público Interino de Río Bueno, con oficio en Ejército Libertador 1059; Certifico: por escritura pública de 16 Septiembre 2024, ante mí, HANNA MARCELLA SEIDL, ingeniero agrónomo, EDUARDO JAVIER OPITZ SCHWENCKE, técnico agrícola, y OTTMAR ALBERTO OPITZ SCHWENCKE, ingeniero agrónomo, por sí y en representación de KARIN ANNETTE OPITZ SCHWENCKE, relacionadora pública, todos domiciliados en Fundo Diumén, Comuna de Río Bueno, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada. Razón Social: AGRÍCOLA HUERTOS DEL RANCO LIMITADA, pudiendo usar para todos los efectos legales, fines publicitarios y para actuar inclusive ante bancos, instituciones financieras o cualquier organismo público o privado, la sigla comercial o nombre de fantasía de AGROHUERTOS LTDA.. Objeto: La explotación agrícola y/o forestal de predios agrícolas propios y/o arrendados o de los que la sociedad tome en medianería o en otra forma de explotación y la comercialización de los productos provenientes de dicha explotación; la realización de toda clase de inversiones mobiliarias e inmobiliarias, especialmente acciones, bonos, debentures, créditos, derechos, efectos de comercio y bienes raíces, pudiendo al efecto comprar, vender o conservar tales inversiones; la administración y arrendamiento por cuenta propia y ajena de bienes raíces; el ejercicio de la actividad comercial en sus formas más amplias y, en especial, la compraventa, importación, exportación, distribución y comercialización de toda clase de bienes, por cuenta propia o ajena, la representación de empresas nacionales y extranjeras y la intermediación en cualquiera clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes; así como todas las demás actividades relacionadas, pudiendo, para el cumplimiento de su objeto, crear sociedades o ingresar a otras ya formadas, realizar todas aquellas actividades tendientes, concordantes o conducentes a los objetos antes señalados, y desarrollar todos los demás objetos que determinen los socios. Domicilio: Río Bueno, sin perjuicio de agencias o sucursales que pueda establecer otros lugares país o extranjero. Duración: 10 años a contar de la fecha de la escritura de constitución, renovables tácita y sucesivamente por períodos iguales de 10 años, salvo aviso dado por los socios mediante carta certificada notarial, con a lo menos 6 meses de anticipación al respectivo vencimiento. Capital Social: $1.000.000, que los socios pagaron al contado y que ingresaron a la caja social, en la siguiente proporción: a) HANNA MARCELLA SEIDL, $100.000, que equivalen al 10% de los derechos sociales; b) EDUARDO JAVIER OPITZ SCHWENCKE, $300.000, que equivalen al 30% de los derechos sociales; c) OTTMAR ALBERTO OPITZ SCHWENCKE, $300.000, que equivalen al 30% de los derechos sociales; y d) KARIN ANNETTE OPITZ SCHWENCKE, $300.000, que equivalen al 30% de los derechos sociales. Administración y Uso Razón Social: Corresponderá a OTTMAR ALBERTO OPITZ SCHWENCKE, actuando individualmente, o a HANNA MARCELLA SEIDL, KARIN ANNETTE OPITZ SCHWENCKE y EDUARDO JAVIER OPITZ SCHWENCKE, actuando conjuntamente dos cualquiera de ellos, quienes, anteponiendo su firma a la razón social, representarán a la sociedad judicial y extrajudicialmente con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos, pudiendo efectuar todos los actos, celebrar todos los contratos y convenciones, y en general, realizar toda clase de operaciones que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social, con las limitaciones que se establecen al final del artículo Noveno del pacto social. Demás cláusulas constan en escritura extractada. Río Bueno, 23 de septiembre de 2024.