Reity SpA
Instrumento
- Fecha
- 9 de septiembre de 2024
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $263.699 CLP
- Duración
- Indefinida
- Ley aplicable
- Ley 21.521
Objeto social
El objeto de la sociedad será el desarrollo del giro exclusivo que consiste en la prestación de los siguientes servicios regulados por la Ley número veintiún mil quinientos veintiuno que promueve la competencia e inclusión financiera a través de la innovación y tecnología en la prestación de servicios financieros, conocida como Ley Fintec: /a) servicios de plataforma de financiamiento colectivo; /b) sistemas alternativos de transacción; c) servicios de intermediación de instrumentos financieros; y d) servicios de custodia de instrumentos financieros. Para el desarrollo de su giro exclusivo la sociedad podrá realizar todas las actividades complementarias que se reputan inherentes al giro regulado por ley conforme a la normativa aplicable
Administración
Directorio de 5 miembros
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalVERONICA TORREALBA COSTABAL, Notario Suplente del Titular de la Trigésima Tercera Notaría de Santiago, IVAN TORREALBA ACEVEDO, con oficio en Huérfanos número 979, oficina número 501, Santiago, certifico: por escritura pública otorgada, ante el Titular de esta Notaría don Iván Torrealba Acevedo, con fecha 9 de septiembre de 2024, INMOBILIARIA NORTE VERDE SpA, en su calidad de única y exclusiva accionista de REITY SpA, según fue certificado por Notario que autoriza dicha escritura, quien tuvo a la vista el registro de accionistas de la sociedad, acordó modificar los estatutos sociales de REITY SpA, con el objeto de adecuarlos a las exigencias de la Ley 21.521, conocida como Ley Fintec, y su normativa reglamentaria vigente, mediante la modificación, entre otras materias, de su objeto social, administración por un directorio de 5 miembros, cumplimiento de objeto y administración como empresa “B”, y dividendos; reemplazando al efecto los artículos 4°, 12° al 19°, 24° y 29°, modficando los artículos 20° al 22°, creando nuevos artículos 4° bis, 19° bis y 19° ter, y eliminando los artículos 2°, 3° y 5° transitorios, pasando el artículo 4° transitorio a ser nuevo artículo 2° transitorio. Además, se fijó y aprobó un nuevo texto refundido de los estatutos sociales de REITY SpA que refleja íntegramente todas las modificaciones que se adoptaron en virtud de la escritura extractada y cuyos términos principales son los siguientes: Nombre: REITY SpA. Objeto: El objeto de la sociedad será el desarrollo del giro exclusivo que consiste en la prestación de los siguientes servicios regulados por la Ley número veintiún mil quinientos veintiuno que promueve la competencia e inclusión financiera a través de la innovación y tecnología en la prestación de servicios financieros, conocida como Ley Fintec: /a/ servicios de plataforma de financiamiento colectivo; /b/ sistemas alternativos de transacción; c) servicios de intermediación de instrumentos financieros; y d) servicios de custodia de instrumentos financieros. Para el desarrollo de su giro exclusivo la sociedad podrá realizar todas las actividades complementarias que se reputan inherentes al giro regulado por ley conforme a la normativa aplicable. Capital: $263.699.500 dividido en 1.054.798 acciones nominativas y ordinarias, íntegramente suscrito y pagado. Administración: Directorio de 5 miembros. Duración: Indefinida. Se designó a don Francisco Javier Bascuñán Walker, don Ignacio Bascuñán Carlevarino, doña María Luisa Carlevarino Girardi, don Víctor Hugo Parra Donoso y don Roberto Marcelo Bascuñán Walker como directores. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 16 de septiembre de 2024.