MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

INVERSIONES, SERVICIOS Y PROYECTOS SpA

RUT 96971580-5 CVE 2548202
Fecha instrumento
16 de agosto de 2024
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
16 de agosto de 2024
Notario
PATRICIA VALENTINA MANRÍQUEZ HUERTA
Oficio
48° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PATRICIA VALENTINA MANRÍQUEZ HUERTA, Abogado, Notario Público Titular de la 48° Notaría de Santiago, con oficio en Avenida Apoquindo N° 3.076, oficina 601, 6° piso, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, certifica: Por escritura pública otorgada con fecha 16 de agosto de 2024, ante mí: don DANIEL EDUARDO HENRÍQUEZ CARVALLO, chileno, casado, factor de comercio, cédula nacional de identidad N° 6.068.912-1, domiciliado para estos efectos en calle Espoz 4.300, departamento 52, comuna de Vitacura, ciudad de Santiago, Región Metropolitana; don CRISTIAN ANDRÉS HENRÍQUEZ VALLEJO, chileno, casado, factor de comercio, cédula nacional de identidad N° 16.356.692-3, domiciliado para estos efectos en calle Tadeo Reyes 1.024, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, Región Metropolitana; y don DANIEL FRANCISCO HENRÍQUEZ VALLEJO, chileno, soltero, factor de comercio, cédula nacional de identidad N° 15.364.798-4, domiciliado para estos efectos en calle Víctor Rae 4.777, departamento 707, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, exponen que, contando con poder suficiente, viene en rectificar escritura de modificación por división de sociedad “INVERSIONES, SERVICIOS Y PROYECTOS S.A., hoy sociedad “INVERSIONES, SERVICIOS Y PROYECTOS SpA”, cuya constitución se encuentra inscrita a fojas 29813, número 24320 del año 2001 del Registro de Comercio del Conservador de Santiago, en dicha escritura pública de fecha 22 de marzo de 2024, la sociedad se dividió en dos compañías una continuadora con la misma razón social, INVERSIONES, SERVICIOS Y PROYECTOS SpA y constitución sociedad “INMOBILIARIA HENRIQUEZ VALLEJO SpA”, cuyo extracto se inscribió a fojas 26.190, N° 11.121, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2024 respecto a la división, y la constitución se inscribió a fojas 26.225, N° 11.141, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2024, en el sentido de rectificar respecto de la fecha del balance de división y la valorización de los activos que pasan a la sociedad naciente, En razón a lo anterior, se debe rectificar los capitales y los montos de participación de las sociedades, con el siguiente detalle: i) La sociedad “INVERSIONES, SERVICIOS Y PROYECTOS SpA” se rectifican el artículo quinto, y artículo primero transitorio, referente a su suscripción y pago de las acciones, quedando del siguiente tenor: “ARTÍCULO QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de once millones quinientos sesenta mil doscientos sesenta y nueve pesos, dividido en setecientas setenta y una acciones nominativas, de la misma serie y sin valor nominal que se suscribe y paga en la forma que señala el artículo primero transitorio, de estos estatutos”. “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: Suscripción y pago de capital. El capital social, según se establece en el artículo quinto del presente estatuto, es la suma de once millones quinientos sesenta mil doscientos sesenta y nueve pesos, dividido en setecientas setenta y una acciones nominativas, de la misma serie y sin valor nominal, que han sido suscritas y pagadas de la siguiente forma: a) don DANIEL EDUARDO HENRÍQUEZ CARVALLO ha suscrito y pagado setecientas cuarenta y siete acciones nominativas, de igual valor, sin valor nominal, pertenecientes a una única serie, por la suma de once millones doscientos tres mil cincuenta y siete pesos; b) don DANIEL FRANCISCO HENRÍQUEZ VALLEJO ha suscrito y pagado veintitrés acciones nominativas, de igual valor, sin valor nominal, pertenecientes a una única serie, por la suma de trescientos cuarenta y siete mil novecientos sesenta y cuatro pesos; y c) don CRISTIAN ANDRÉS HENRÍQUEZ VALLEJO ha suscrito y pagado una acción nominativa, de igual valor, sin valor nominal, pertenecientes a una única serie, por la suma de nueve mil doscientos cuarenta y ocho pesos”. Se acuerda que la división produzca efecto a partir del primero de abril de dos mil veinticuatro. ii) La sociedad “INMOBILIARIA HENRÍQUEZ VALLEJO SpA”, se rectifican el artículo quinto, y artículo primero transitorio, referente a su suscripción y pago de las acciones, quedando del siguiente tenor: “ARTÍCULO QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de tres millones cuatrocientos treinta y nueve mil setecientos treinta y un pesos, dividido en tres millones cuatrocientas treinta y nueve mil setecientos treinta y una acciones nominativas, de la misma serie y sin valor nominal que se suscribe y paga en la forma que señala el artículo primero transitorio, de estos estatutos. y “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: Suscripción y pago de capital. El capital social, según se establece en el artículo quinto del presente estatuto, es la suma de tres millones cuatrocientos treinta y nueve mil setecientos treinta y un pesos, dividido en tres millones cuatrocientas treinta y nueve mil setecientas treinta y un acciones, de igual valor, sin valor nominal, que han sido suscritas y pagadas de la siguiente forma: a) don DANIEL EDUARDO HENRÍQUEZ CARVALLO ha suscrito y pagado tres millones trescientas treinta y tres mil cuatrocientas cuarenta y tres acciones nominativas, de igual valor, sin valor nominal, pertenecientes a una única serie, por la suma de tres millones trescientas treinta y tres mil cuatrocientos cuarenta y tres pesos; b) don DANIEL FRANCISCO HENRÍQUEZ VALLEJO ha suscrito y pagado ciento tres mil quinientas treinta y seis acciones nominativas, de igual valor, sin valor nominal, pertenecientes a una única serie, por la suma de ciento tres mil quinientos treinta y seis pesos; y c) don CRISTIAN ANDRÉS HENRÍQUEZ VALLEJO ha suscrito y pagado dos mil setecientas cincuenta y dos acciones nominativas, de igual valor, sin valor nominal, pertenecientes a una única serie, por la suma de dos mil setecientas cincuenta y dos pesos. En todo lo no modificado por la presente escritura se mantiene plenamente vigente la escritura pública de fecha 22 marzo de 2024. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago 30 de agosto de 2024.