Instrumento
- Fecha
- 6 de septiembre de 2024
- Repertorio
- 2555/2024
- Comuna
- Titular de la Primera Notaria de Vitacura
Sociedad
- Capital
- $2.000.000 CLP
Objeto social
La comercialización, distribución, producción, edición y promoción de contenidos de música, vídeo, cine, radio, televisión, literatura, imagen, fotografía, arte, diseño, contenidos periodísticos o cualquier producto cultural en múltiples soportes y formatos físicos y digitales y canales de venta físicos o digitales. La consultoría de empresas y particulares y organización y realización de eventos musicales. La venta de entradas de espectáculos y eventos musicales. La comercialización de servicios relativos a la industria musical y al asesoramiento artístico. La fabricación y comercialización de productos físicos: artículos de promoción comercial (“merchandising”), vinilos, y en específico productos de electrónica: CDs, DVDs, memoria USBs, MP3, reproductores de contenidos. La comercialización de los derechos musicales adquiridos a terceras compañías para la inclusión de las obras en productos especiales (CDs, vinilos, recopilatorios de canciones, siempre bajo la autorización de sus respectivos herederos o quien corresponda). La edición musical y la gestión de derechos de autor. Capital y Acciones. El capital de la sociedad es la cantidad de $2.000.000.-, dividido en 1.000.- acciones nominativas y ordinarias, de una única serie y sin valor nominal, totalmente suscrito y pagado en partes iguales por los accionistas constituyentes. Administración de la Sociedad. La administración, representación y uso de la razón social, corresponderá indistintamente y en forma individual a doña Claudia Lorena Guicharrousse González y a don Esteban Danilo Salazar Figueroa
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMONICA FIGUEROA CARVAJAL, Notaria Titular de la Primera Notaria de Vitacura, con Oficio en Avda. Vitacura 6844 Local – 1, Vitacura, certifica: Por escritura de 06 de Septiembre de 2024, Repertorio 2555/2024 ante mí, CLAUDIA LORENA GUICHARROUSSE GONZÁLEZ, chilena, cédula de identidad N°12.612.128-8 y don ESTEBAN DANILO SALAZAR FIGUEROA, chileno, cédula de identidad N°10.863.767-6, ambos domiciliados en Camino El Toro kilómetro 9, parcela 58, comuna de Curacaví, Región Metropolitana, de paso en esta, constituyeron sociedad por acciones, de cuyo estatuto extracto lo siguiente: Nombre o razón social. Se constituye una sociedad por acciones que girará bajo el nombre de “LA-PRODUCTORA SpA”. Objeto social. La comercialización, distribución, producción, edición y promoción de contenidos de música, vídeo, cine, radio, televisión, literatura, imagen, fotografía, arte, diseño, contenidos periodísticos o cualquier producto cultural en múltiples soportes y formatos físicos y digitales y canales de venta físicos o digitales. La consultoría de empresas y particulares y organización y realización de eventos musicales. La venta de entradas de espectáculos y eventos musicales. La comercialización de servicios relativos a la industria musical y al asesoramiento artístico. La fabricación y comercialización de productos físicos: artículos de promoción comercial (“merchandising”), vinilos, y en específico productos de electrónica: CDs, DVDs, memoria USBs, MP3, reproductores de contenidos. La comercialización de los derechos musicales adquiridos a terceras compañías para la inclusión de las obras en productos especiales (CDs, vinilos, recopilatorios de canciones, siempre bajo la autorización de sus respectivos herederos o quien corresponda). La edición musical y la gestión de derechos de autor. Capital y Acciones. El capital de la sociedad es la cantidad de $2.000.000.-, dividido en 1.000.- acciones nominativas y ordinarias, de una única serie y sin valor nominal, totalmente suscrito y pagado en partes iguales por los accionistas constituyentes. Administración de la Sociedad. La administración, representación y uso de la razón social, corresponderá indistintamente y en forma individual a doña Claudia Lorena Guicharrousse González y a don Esteban Danilo Salazar Figueroa. Demás estipulaciones en escritura extractada. Vitacura, 12 de septiembre del 2024.