SOCIEDAD DE SERVICIOS DE MOTORES DIESEL Y MAQUINARIAS SERVICAT LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 5 de agosto de 2024
- Repertorio
- 2788-2024
- Notario
- PEDRO ENRIQUE HIDALGO SARZOSA
- Oficio
- Segunda Notaría de Concepción
- Comuna
- Concepción
Sociedad
- Capital
- $6.000 CLP
- Ley aplicable
- ley 19.499
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPEDRO ENRIQUE HIDALGO SARZOSA, Abogado, Notario Público Interino de la Segunda Notaría de Concepción, según consta en Decreto Económico Nº211, protocolizado al final del registro del 6º Bimestre del año 2023, con el Nº792, con oficio en calle Castellón Nº116, Concepción, certifico que por medio de escritura pública de fecha 05/08/2024, Repertorio Nº2788-2024 compareció ante mí, don MARIO ALEXIS OBREQUE LÉRTORA, cédula de identidad Nº10.209.189-2 y don JOHNNY DICK MUÑOZ UBILLA, cédula de identidad Nº10.684.435-6 ambos domiciliados en calle 4, n°1913, Parque Industrial Ejército, Concepción, únicos socios de SOCIEDAD DE SERVICIOS DE MOTORES DIESEL Y MAQUINARIAS SERVICAT LIMITADA, rut. 76.283.310-7 Capital $6.000.000 inscrita a fojas 357 numero 255 año 2005 Registro Comercio Concepción. RECTIFICAN y SANEAN escritura pública de modificación social de fecha 25/04/2024 repertorio 1.433-2024 otorgada ante don Pedro Enrique Hidalgo Sarzosa, Notario Público Interino de la Segunda Notaría de Concepción, con oficio en calle Castellón Nº116, extracto de modificación publicado el 31/05/2024 Diario Oficial CVE 2499830, modificación consistió que la representación, administración y uso de la razón social corresponderá, en forma exclusiva, al socio don JOHNNY DICK MUÑOZ UBILLA, quién la aceptó en forma expresa tal designación, con todas y cada una de las facultades legales y contractuales de administración pactadas en el acto de constitución social. Los socios declararon que los demás pactos establecidos en el acto constitutivo primigenio y los anteriores al presente, se mantienen intactos, debiendo las partes, así como los terceros, remitirse a ellos. Socios RECTIFICAN dicha escritura y extracto en el siguiente sentido: dice Servicios de Motores Diesel y Maquinarias Servicat Limitada, debiendo correctamente decir; “Sociedad de Servicios de Motores Diesel y Maquinarias Servicat Limitada”. SANEAN el vicio consistente en que la escritura de modificación individualizada, y su extracto publicado no se inscribió en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Concepción, dentro del plazo legal, dando por saneado cualquier vicio de nulidad que pudiere afectar a la escritura señalada. De conformidad al artículo segundo de la ley 19.499, el vicio de inscripción tardía, se entenderá saneado a la fecha en que se realizó la inscripción tardía. Demás antecedentes constan en escritura extractada. Demás estipulaciones escritura extractada. Concepción, septiembre 12 de 2024. Doy fe.