CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

MEDLOG TRUCKS CHILE SpA

CVE 2546980
Capital
$2.000.000 CLP
Fecha instrumento
10 de septiembre de 2024
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
10 de septiembre de 2024
Notario
HUMBERTO QUEZADA MORENO
Oficio
Vigésimo Sexta Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$2.000.000 CLP
Domicilio
El domicilio de la Sociedad es la ciudad de Santiago, Región Metropolitana
Duración
Indefinida

Objeto social

El objeto de la Sociedad es la prestación de servicios de transporte de carga terrestre nacional e internacional (exportación e importación), de mercaderías y productos en general, carga consolidada y desconsolidada, carga que requiera temperatura controlada, carga proyecto o sobredimensionada, carga y productos en estado líquido consolidados en recipientes aptos para su traslado; y transporte de distribución local (última milla). Al efecto, la Sociedad podrá prestar los servicios de transporte con vehículos, camiones, semirremolques, portacontenedores, furgones secos, furgones refrigerados, sider, cisterna, multimodales, semirremolques abiertos porta vehículos (cigüeña) y equipos propios o de terceros o mediante el arrendamiento o subcontratación de éstos; servicios de escolta de camiones para carga sobredimensionada y especializada; servicio de estiba y desestiba de carga en general; servicio de rastreo, monitoreo y trazabilidad de carga en general; servicios de asesoramiento y consultoría relativos al transporte de carga nacional o internacional, de logística y todos los servicios anteriormente referidos relacionados al transporte, pudiendo dedicarse asimismo a cualquier otra actividad conexa o análoga. La Sociedad podrá realizar actos de comercio, industriales y de servicio, relacionados con su objeto principal y secundario; compra venta de vehículos, alquiler de vehículos, maquinarias, herramientas y accesorios para estos. A este efecto la Sociedad podrá realizar y celebrar todos los actos de comercio, negocios y operaciones; suscribir contratos públicos o privados de todo tipo que estén permitidos por la ley; y desarrollar todas las actividades civiles y comerciales inherentes o accesorias a dichas actividades

Administración

La representación, administración de la Sociedad y el uso de su razón social corresponderá a un Administrador. Se establece que el Administrador de la Sociedad será MEDLOG CHILE S.A., quien tendrá las más amplias facultades de administración y disposición de bienes de la Sociedad, y podrá actuar por intermedio de uno o más mandatarios designados en conformidad a lo dispuesto para la designación de los mandatarios mencionados en el numeral i) del artículo Noveno. Respecto de esta designación, se entenderá que la inscripción del extracto de la escritura importa el cumplimiento de las formalidades establecidas en el referido numeral i) para la designación del Administrador

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

HUMBERTO QUEZADA MORENO, Abogado, Notario Público, Titular de la Vigésimo Sexta Notaría de Santiago, con oficio en Avenida Apoquindo Nº 3196, comuna de Las Condes, certifica: por escritura pública de fecha 10 de septiembre de 2024, Rep. N°6.305-2.024, otorgada ante mí, MEDLOG CHILE S.A., domiciliada para estos efectos en Camino Las Mercedes Nº 14.851, comuna de Pudahuel, como único accionista, constituyó una sociedad por acciones (la “Sociedad”) de cuyos estatutos extracto lo siguiente: NOMBRE: Medlog Trucks Chile SpA. DOMICILIO: El domicilio de la Sociedad es la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales u oficinas en el resto del país o en el extranjero. OBJETO: El objeto de la Sociedad es la prestación de servicios de transporte de carga terrestre nacional e internacional (exportación e importación), de mercaderías y productos en general, carga consolidada y desconsolidada, carga que requiera temperatura controlada, carga proyecto o sobredimensionada, carga y productos en estado líquido consolidados en recipientes aptos para su traslado; y transporte de distribución local (última milla). Al efecto, la Sociedad podrá prestar los servicios de transporte con vehículos, camiones, semirremolques, portacontenedores, furgones secos, furgones refrigerados, sider, cisterna, multimodales, semirremolques abiertos porta vehículos (cigüeña) y equipos propios o de terceros o mediante el arrendamiento o subcontratación de éstos; servicios de escolta de camiones para carga sobredimensionada y especializada; servicio de estiba y desestiba de carga en general; servicio de rastreo, monitoreo y trazabilidad de carga en general; servicios de asesoramiento y consultoría relativos al transporte de carga nacional o internacional, de logística y todos los servicios anteriormente referidos relacionados al transporte, pudiendo dedicarse asimismo a cualquier otra actividad conexa o análoga. La Sociedad podrá realizar actos de comercio, industriales y de servicio, relacionados con su objeto principal y secundario; compra venta de vehículos, alquiler de vehículos, maquinarias, herramientas y accesorios para estos. A este efecto la Sociedad podrá realizar y celebrar todos los actos de comercio, negocios y operaciones; suscribir contratos públicos o privados de todo tipo que estén permitidos por la ley; y desarrollar todas las actividades civiles y comerciales inherentes o accesorias a dichas actividades. CAPITAL: $2.000.000, dividido en 200 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado en el acto de constitución por MEDLOG S.A. ADMINISTRACIÓN: La representación, administración de la Sociedad y el uso de su razón social corresponderá a un Administrador. Se establece que el Administrador de la Sociedad será MEDLOG CHILE S.A., quien tendrá las más amplias facultades de administración y disposición de bienes de la Sociedad, y podrá actuar por intermedio de uno o más mandatarios designados en conformidad a lo dispuesto para la designación de los mandatarios mencionados en el numeral i) del artículo Noveno. Respecto de esta designación, se entenderá que la inscripción del extracto de la escritura importa el cumplimiento de las formalidades establecidas en el referido numeral i) para la designación del Administrador. DURACIÓN: La duración de la Sociedad es indefinida. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 12 de septiembre de 2024. HQM. Not. Pub.