MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INMOBILIARIA DELCA LIMITADA

RUT 76011529-0 CVE 2546551
Capital
$1.778.000.000 CLP
Fecha instrumento
5 de septiembre de 2024
Notaría
Providencia
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
5 de septiembre de 2024
Notario
LUIS EDUARDO RODRIGUEZ BURR
Oficio
1ª Notaría de Providencia
Comuna
Providencia

Sociedad

Capital
$1.778.000.000 CLP
Duración
La duración de la Sociedad será hasta el día 31 de diciembre de 2038, plazo que se prorrogará automática y sucesivamente por periodos iguales de 5 años cada uno, salvo que algún socio manifieste su voluntad de no prorrogarla en el tiempo y forma señalada en escritura extractada

Objeto social

El objeto de la Sociedad será: a) la compra, venta, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena, y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con el rubro inmobiliario; b) el estudio, ejecución, construcción y)o edificación de todo tipo de obras y proyectos de ingeniería Y construcción, en especial obras civiles, por cuenta propia o ajena; y c) la adquisición, inversión y)o venta de toda clase de acciones o derechos en sociedades civiles o comerciales, de personas o de capital, colectivas, limitadas, en comandita simple o por acciones, anónimas, sean abiertas o cerrada, comunidades o asociaciones, a cualquier título, en forma o modalidad, su administración, explotación y enajenación

Administración

La administración de la Sociedad y el uso de la razón social corresponderán a don Francisco José Cañón Artus, doña Constanza Maria del Sagrado Corazón Cañón Artus y doña Carmen Gloria Artus Ruiz, debiendo actuar conjuntamente dos cualquiera de ellos, con las facultades indicadas en escritura extractada

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

LUIS EDUARDO RODRIGUEZ BURR, Notario Público Titular de la 1ª Notaría de Providencia, con oficio en Avenida Providencia N° 1777, de la Comuna de Providencia, Ciudad de Santiago, certifico: por escritura pública de fecha 5 de septiembre de 2024, ante mí, Francisco Cañón Canales, por sí y en representación de Francisco Cañón Canales y Compañía Limitada, Francisco José Cañón Artus y Mauricio Esteban Cañón Artus, todos domiciliados para esos efectos en Avenida Nueva Tajamar, número 555, oficina 1.502, comuna de Las Condes, Santiago, repactaron la sociedad de responsabilidad limitada “Inmobiliaria Delca Limitada” (la “Sociedad”). En virtud de la repactación acordada, se establecieron nuevos estatutos de la Sociedad que extracto lo siguiente: Razón social: “Inmobiliaria Delca Limitada”, pudiendo usar para efectos comerciales, bancarios, tributarios o de publicidad la expresión “Delca” o “Delca Ltda.”. Administración y uso de la razón social: La administración de la Sociedad y el uso de la razón social corresponderán a don Francisco José Cañón Artus, doña Constanza Maria del Sagrado Corazón Cañón Artus y doña Carmen Gloria Artus Ruiz, debiendo actuar conjuntamente dos cualquiera de ellos, con las facultades indicadas en escritura extractada. Capital social: El capital de la Sociedad es la suma de $1.778.000.000, totalmente pagado, aportado de la siguiente manera: Francisco Cañón Canales y Compañía Limitada, $1.651.400.000; ii) don Francisco Antonio Cañón Canales, $46.200.000; iii) don Francisco José Cañón Artus, $40.200.000; y, iv) don Mauricio Esteban Cañón Artus, $40.200.000. Objeto: El objeto de la Sociedad será: a) la compra, venta, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena, y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con el rubro inmobiliario; b) el estudio, ejecución, construcción y/o edificación de todo tipo de obras y proyectos de ingeniería Y construcción, en especial obras civiles, por cuenta propia o ajena; y c) la adquisición, inversión y/o venta de toda clase de acciones o derechos en sociedades civiles o comerciales, de personas o de capital, colectivas, limitadas, en comandita simple o por acciones, anónimas, sean abiertas o cerrada, comunidades o asociaciones, a cualquier título, en forma o modalidad, su administración, explotación y enajenación. Duración: La duración de la Sociedad será hasta el día 31 de diciembre de 2038, plazo que se prorrogará automática y sucesivamente por periodos iguales de 5 años cada uno, salvo que algún socio manifieste su voluntad de no prorrogarla en el tiempo y forma señalada en escritura extractada. Los socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes. Se facultó portador de extracto para legalización. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 09 de septiembre de 2024.