SOCIEDAD DE PRESTACIONES MÉDICAS VITALITE LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 6 de septiembre de 2024
- Repertorio
- 290-2024
- Notario
- RENÉ MARCELO ARRIAGADA BASAUR
- Oficio
- 11ª Notaria de Concepción
- Comuna
- Concepción
Sociedad
- Capital
- $10.000.000 CLP
- Domicilio
- CONCEPCIÓN
- Duración
- 5 años, renovables por períodos iguales y sucesivos
Objeto social
La prestación de servicios profesionales relacionados con el área de la medicina, otorgar tratamientos médicos generales o especiales; proporcionar atención médica; realizar exámenes, cirugías, estéticas inclusive, procedimientos quirúrgicos menores; y atender consultas, de manera ambulatoria o a pacientes hospitalizados, respecto de toda persona que en forma directa o a través de convenios con cualquiera persona jurídica de derecho público o privado, nacional o extranjera, acuda en demanda de sus servicios; realizar informes, elaboración de proyectos, desarrollar, publicitar, difundir y publicar avances científicos, realizar todo tipo de capacitaciones, asesorías e investigaciones en el área de la salud, todo lo anterior, por medio de los socios o profesionales calificados, pudiendo además, realizar otras actividades de servicio de apoyo a las ya mencionadas y servicios de médicos prestados de forma independiente. Quedan comprendidos dentro del giro, en definitiva, la prestación de todo tipo de servicios médicos, ya sea en clínicas, centros médicos, hospitales, consultas particulares, consultas domiciliarias y otros similares, bajo cualquier modalidad, ya sea prestando los servicios directamente o mediante contratos de asociación, cuentas en participación, o franquicias. En general, podrán los socios realizar y suscribir todos los actos y contratos que sean necesarios para el cabal cumplimiento del
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRENÉ MARCELO ARRIAGADA BASAUR, abogado, notario público titular de la 11ª Notaria de Concepción, oficio en calle Cochrane n° 829, Concepción, certifico que, por escritura pública otorgada ante CLAUDIO ANDRÉS GONZÁLEZ STUARDO, abogado y notario público suplente del titular René Marcelo Arriagada Basaur el 06 de septiembre de 2024, Repertorio n° 290-2024, EFREN ALBERTO HERNÁNDEZ VARGAS, r.u.n. 25.652.328-0 y KEILYN YETZABEL PÉREZ RAMÍREZ, pasaporte de la República Bolivariana de Venezuela n° 171097896, ambos domiciliados en Concepción, Avenida Parques de Carriel 5.865 condominio Valle de Illapel, casa 30, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada. Nombre: SOCIEDAD DE PRESTACIONES MÉDICAS VITALITE LIMITADA pudiendo usar el nombre de fantasía de VITALITE LTDA. Domicilio: CONCEPCIÓN, sin perjuicio de las sucursales o agencias que se establezcan en el resto del país. Administración y uso razón social: EFREN ALBERTO HERNÁNDEZ VARGAS y/o KEILYN YETZABEL PÉREZ RAMÍREZ, indistintamente. Capital: $10.000.000.- Objeto: La prestación de servicios profesionales relacionados con el área de la medicina, otorgar tratamientos médicos generales o especiales; proporcionar atención médica; realizar exámenes, cirugías, estéticas inclusive, procedimientos quirúrgicos menores; y atender consultas, de manera ambulatoria o a pacientes hospitalizados, respecto de toda persona que en forma directa o a través de convenios con cualquiera persona jurídica de derecho público o privado, nacional o extranjera, acuda en demanda de sus servicios; realizar informes, elaboración de proyectos, desarrollar, publicitar, difundir y publicar avances científicos, realizar todo tipo de capacitaciones, asesorías e investigaciones en el área de la salud, todo lo anterior, por medio de los socios o profesionales calificados, pudiendo además, realizar otras actividades de servicio de apoyo a las ya mencionadas y servicios de médicos prestados de forma independiente. Quedan comprendidos dentro del giro, en definitiva, la prestación de todo tipo de servicios médicos, ya sea en clínicas, centros médicos, hospitales, consultas particulares, consultas domiciliarias y otros similares, bajo cualquier modalidad, ya sea prestando los servicios directamente o mediante contratos de asociación, cuentas en participación, o franquicias. En general, podrán los socios realizar y suscribir todos los actos y contratos que sean necesarios para el cabal cumplimiento del objeto social.- Duración: 5 años, renovables por períodos iguales y sucesivos.- Demás estipulaciones escritura extractada. Doy fe. Concepción, 11 de septiembre de 2024.