MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD DE INVERSIONES SACAPUNTA LIMITADA

RUT 77199470-9 CVE 2544908
Capital
$5.000.000 CLP
Fecha instrumento
9 de septiembre de 2024
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
9 de septiembre de 2024
Repertorio
86534-2024
Notario
MACARENA PINO ABARCA
Oficio
Titular de la 49° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$5.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MACARENA PINO ABARCA, Notario Público Suplente del Titular de la 49° Notaría de Santiago, con oficio en calle Agustinas N°1.070, segundo piso, comuna y ciudad Santiago, certifica que: por escritura pública de fecha 09 de septiembre 2024, repertorio N°86.534-2024, ante mí, comparecieron: don SERGIO MANUEL GAMBOA GREPPI, doña MARIA CAROLINA ARIZTÍA COUSIÑO, don JOSÉ DOMINGO GAMBOA ARIZTÍA, y doña MARÍA CAROLINA GAMBOA ARIZTÍA, domiciliados, para estos efectos, en Punta de Águilas Norte N°9.300, casa uno, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana, bajo la cual se modificó la sociedad “SOCIEDAD DE INVERSIONES SACAPUNTA LIMITADA”, rol único tributario N°77.199.470-9, inscrita a fojas 18843, número 15215 del Registro de Comercio de Copiapó correspondiente al año 1998 (en adelante, la “Sociedad”), quienes acordaron modificar los estatutos de la Sociedad en el siguiente sentido: 1.- SERGIO MANUEL GAMBOA GREPPI, vende, cede y transfiere, el 1% de los derechos sociales en la Sociedad a don JOSÉ DOMINGO GAMBOA ARIZTÍA, quien compra, acepta y adquieren para sí, dicha participación en la Sociedad. El precio de la cesión de derechos sociales es la cantidad de $1.637.829, que se pagará en un plazo de dos años contados de la fecha de la presente escritura. Don SERGIO MANUEL GAMBOA GREPPI, vende, cede y transfiere, el 1% de los derechos sociales en la Sociedad a doña MARÍA CAROLINA GAMBOA ARIZTÍA, quien compra, acepta y adquieren para sí, dicha participación en la Sociedad. El precio de la cesión de derechos sociales es la cantidad de $1.637.829, que se pagará en un plazo de dos años contados de la fecha de la presente escritura. 2.- En virtud de la cesión de derechos, los únicos y actuales socios de la Sociedad acuerdan, con efecto a contar de esta fecha, sustituir el Artículo Quinto de los estatutos sociales por el siguiente: “ARTÍCULO QUINTO: El capital de la Sociedad es la suma de cinco millones de pesos, que los socios aportan y enteran de la siguiente forma: don SERGIO MANUEL GAMBOA GREPPI, la cantidad de cuatro millones ochocientos cincuenta mil pesos, equivalente al noventa y siete por ciento del capital social; MARIA CAROLINA ARIZTÍA COUSIÑO, la cantidad de cincuenta mil pesos, equivalente al uno por ciento del capital social; JOSÉ DOMINGO GAMBOA ARIZTÍA, la cantidad de cincuenta mil pesos, equivalente al uno por ciento del capital social; y, MARÍA CAROLINA GAMBOA ARIZTÍA, la cantidad de cincuenta mil pesos, equivalente al uno por ciento del capital social. 3.- Por este acto, los únicos y actuales socios de la Sociedad, acuerdan en modificar la administración de la sociedad por la siguiente: La representación, administración de la Sociedad y el uso de su razón social corresponderá a los siguientes grupos de administradores, quienes podrán actuar en la forma que se indica a continuación, siendo, estos grupos, los siguientes: /A/ Administradores Grupo Uno: Se designan como administrador de este grupo a don SERGIO MANUEL GAMBOA GREPPI, quien podrá actuar individual e indistintamente, quien anteponiendo su firma a la razón social tendrá las más amplias facultades de administración y disposición, que se indican en la cláusula cuarta de los estatutos sociales; /B/ Administradores Grupo Dos: En caso de fallecimiento del administrador don SERGIO MANUEL GAMBOA GREPPI o sufra una incapacidad sobreviniente, acreditada mediante certificado médico, lo que no será necesario acreditar frente a terceros, la sociedad será administrada conjuntamente por don JOSÉ DOMINGO GAMBOA ARIZTÍA, y doña MARÍA CAROLINA GAMBOA ARIZTÍA, quienes actuando conjuntamente y anteponiendo su firma a la razón social tendrán las más amplias facultades de administración y disposición, que se indican en la cláusula cuarta de los estatutos sociales. 4. Salvo por las modificaciones referidas precedentemente, los estatutos sociales de la Sociedad quedan íntegramente vigentes, declarándose en este acto por los Socios que su responsabilidad queda limitada al monto de sus respectivos aportes. El capital de la sociedad es la suma de $5.000.000. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago 10 de septiembre de 2024.