MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

OPTION SpA

RUT 76019453-0 CVE 2545113
Fecha instrumento
26 de agosto de 2024
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
26 de agosto de 2024
Notario
FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL
Oficio
Segunda Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
PEDRO ALBERTO OLIVA PEZOA socio 16622881-6 Cerrillos

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Santiago, con oficio en calle Alcántara número ciento siete, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, certifica: que por escritura pública de fecha 26 de agosto de 2024, fue reducida a escritura pública, ante mí, el Acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de “OPTION SpA”, RUT 76.019.453-0, con extracto de constitución inscrito a fojas 17.205, número 11.638, del Registro de Comercio de Santiago del año 2008, celebrada en mi presencia el 06 de agosto de 2024, en la que los actuales y únicos socios de la sociedad, don PEDRO ALBERTO OLIVA PEZOA, ingeniero, RUT 16.622.881-6, con domicilio en calle Dos 7.041, Cerrillos, don FERNANDO ERNESTO OLIVER IRARRAZAVAL, ingeniero civil industrial, RUT 13.951.830-6, con domicilio en calle Colina Miravalle 9.897, Las Condes y, don RAIMUNDO PAGE ROSSELOT, ingeniero civil informático, RUT 15.934.951-9, con domicilio en calle Apolo Cuatro 1.866, Vitacura, todos de Santiago, acordaron modificar los Estatutos Sociales de la Sociedad en lo siguiente:1) Declarar la cancelación de acciones emitidas y no suscritas que se encuentran fuera de plazo de suscripción, quedando el capital reducido de pleno derecho al actual vigente de 10.000.000 de pesos chilenos, dividido en 10.000.000 de acciones, ordinarias, nominativas, de una misma y única serie, sin valor nominal, suscrito y pagado.2) Modificar el artículo cuarto de los estatutos, sobre el objeto social quedando como sigue: “El objeto de la Sociedad será el ejercicio de la actividad comercial en sus formas más amplias y, en especial: a) La prestación de servicios profesionales de asesorías en ingeniería informática, comerciales y financieras, en su más amplio sentido, a todo tipo de personas naturales o jurídicas, y la inversión en toda clase de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales; b) La realización de todo tipo de estudios, asesorías, consultorías e intermediación de carácter comercial, económico, financiero y técnico; c) El corretaje y la intermediación de propiedades, la compra y venta de inmuebles, estén o no edificados, la promoción de negocios, inversiones, construcciones y planes habitacionales y asesoría en los mismos, la administración y arrendamiento, por cuenta propia o ajena, de bienes raíces o mobiliario retail; d) La prestación de servicios de creación, diseño, desarrollo, implementación, mantención y almacenaje de sitios de internet, asesorías en la implementación y desarrollo de nuevas tecnologías de software y hardware, servicio de casilla de correo electrónico y arriendo de servidores, servicio de diseño, instalación y mantención de redes computacionales y telefónicas, servicio técnico de revisión, diagnóstico y reparación de artículos electrónicos, computacionales y de telefonía en general; e) Realizar toda clase de inversiones mobiliarias e inmobiliarias, especialmente en acciones, bonos, debentures, créditos, derechos efectos de comercio, fondos mutuos, depósitos a plazo y bienes raíces, pudiendo al efecto, comprar, vender o conservar tales inversiones, tomar interés como socio en empresas o sociedades de cualquier naturaleza, crear, financiar, promover y administrar por cuenta propia o de terceros, cualquier clase de negocio, empresa o sociedad, y percibir e invertir los frutos de las inversiones; f) Podrá realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación directa o con el giro de la sociedad y, en general, llevar a cabo por si misma, o a través de terceros, cualquier otra actividad análoga o complementaria que los socios acuerden. Para el cumplimiento de su objeto, la Sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos, e incluso formar sociedades o ingresar a ellas”.3) Modificar el artículo quinto y primero transitorio, sobre el capital social, quedando establecido que el capital de la sociedad corresponde a 10.000.000 de pesos, dividido en 10.000.000 de acciones, ordinarias, nominativas, de una misma y única serie, sin valor nominal.4) Modificar el Título Tercero, sobre la administración de la Sociedad para que sea administrada en forma simplificada por un Administrador Individual y estableciendo nuevas facultades. Al Administrador Individual corresponderá el uso de la razón social y la representación judicial y extrajudicial de la Sociedad, será el representante legal y gerente general de la sociedad y actuará con las facultades indicadas en la escritura. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Santiago, 04 de septiembre de 2024. F. LEIVA C. N.P.