INVERSIONES KP SpA
Instrumento
- Fecha
- 6 de septiembre de 2024
Sociedad
- Capital
- $3.000.000 CLP
Administración
i) Establecer agencias y establecimientos, en cualquier punto del país o del extranjero; ii) Comprar, vender, permutar y, en general, adquirir y enajenar a cualquier título, bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, incluso valores mobiliarios, acciones, bonos, debentures y derechos de cualquier naturaleza, sea en Chile o en el extranjero; y iii) Celebrar contratos de sociedad de cualquier clase y objeto; sean civiles o comerciales, colectivas, anónimas, en comandita, de responsabilidad limitada o de otra especie, o incorporarse como socio o accionista en sociedades constituidas con anterioridad en Chile o en el extranjero, pactar indivisión; constituir o formar parte de las comunidades, sindicatos, asociaciones, juntas, cuentas en participación, sociedades de hecho, cooperativas, etcétera; representarla con voz y voto en unas y otras, con facultad para modificarlas, formar otras nuevas o de cualquier forma alterarlas, pedir su disolución o terminación incluso anticipada, expresar la intención de no continuarlas, pedir su liquidación o partición, llevar a cabo una u otra o intervenir en su desarrollo, designar o concurrir a la designación de uno o más liquidadores, jueces compromisarios, partidores, peritos, tasadores, depositarios, síndicos, administradores y demás funcionarios que fueren necesarios, pudiendo señalarles facultades, obligaciones, remuneraciones, plazos, condiciones, modos de efectuar la liquidación o partición, autorizar a los liquidadores para enajenar y gravar toda clase de bienes sociales, corporales o incorporales raíces o muebles, incluso valores mobiliarios, actuar como liquidador o partidor, someter a arbitraje; y, en general, ejercitar y renunciar todas las acciones y cumplir todas las obligaciones que a la sociedad correspondan como socio, comunero, director, gerente, accionista o liquidador de tales sociedades, comunidades, asociaciones, cooperativas, etcétera) Se sustituye el directorio conformado por tres miembros por la administración de tres administradores quienes podrán actuar de forma conjunta e indistintamente, siendo doña CAMILA ADRIANA KAUAK PIWONKA, doña LORENA FRANCISCA KAUAK PIWONKA y don JUAN GUILLERMO KAUAK PIWONKA
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCERTIFICO: Por escritura pública de fecha 06 de septiembre de 2024, ante mí, bajo el Repertorio número 1242-2024, doña Camila Adriana Kauak Piwonka, doña Lorena Francisca Kauak Piwonka y don Juan Guillermo Kauak Piwonka, todos domiciliados para estos efectos en calle Los Quillayes número noventa, Condominio de Huinganal, Comuna de Limache, Región de Valparaíso, modificaron y acordaron la migración de la sociedad “INVERSIONES KP SPA”, constituida por escritura pública de fecha 6 de octubre del año 2016, otorgada ante el Notario Público de Santiago don Iván Torrealba Acevedo, inscrita fojas 75.040 número 40.448 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2016 y se publicó en el Diario Oficial con fecha 13 de octubre del año 2016. Las modificaciones consisten en: a)Modificación del giro de la sociedad agregando la participación de los proyectos de inversión, fondos de inversión, sociedades en comanditas, sociedades anónimas, sociedades de persones, o comunidades de tipo rentístico puedan ser tanto en sociedades chilenas como extranjeras; b) Agregación de las siguientes facultades de administración: i) Establecer agencias y establecimientos, en cualquier punto del país o del extranjero; ii) Comprar, vender, permutar y, en general, adquirir y enajenar a cualquier título, bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, incluso valores mobiliarios, acciones, bonos, debentures y derechos de cualquier naturaleza, sea en Chile o en el extranjero; y iii) Celebrar contratos de sociedad de cualquier clase y objeto; sean civiles o comerciales, colectivas, anónimas, en comandita, de responsabilidad limitada o de otra especie, o incorporarse como socio o accionista en sociedades constituidas con anterioridad en Chile o en el extranjero, pactar indivisión; constituir o formar parte de las comunidades, sindicatos, asociaciones, juntas, cuentas en participación, sociedades de hecho, cooperativas, etcétera; representarla con voz y voto en unas y otras, con facultad para modificarlas, formar otras nuevas o de cualquier forma alterarlas, pedir su disolución o terminación incluso anticipada, expresar la intención de no continuarlas, pedir su liquidación o partición, llevar a cabo una u otra o intervenir en su desarrollo, designar o concurrir a la designación de uno o más liquidadores, jueces compromisarios, partidores, peritos, tasadores, depositarios, síndicos, administradores y demás funcionarios que fueren necesarios, pudiendo señalarles facultades, obligaciones, remuneraciones, plazos, condiciones, modos de efectuar la liquidación o partición, autorizar a los liquidadores para enajenar y gravar toda clase de bienes sociales, corporales o incorporales raíces o muebles, incluso valores mobiliarios, actuar como liquidador o partidor, someter a arbitraje; y, en general, ejercitar y renunciar todas las acciones y cumplir todas las obligaciones que a la sociedad correspondan como socio, comunero, director, gerente, accionista o liquidador de tales sociedades, comunidades, asociaciones, cooperativas, etcétera) Se sustituye el directorio conformado por tres miembros por la administración de tres administradores quienes podrán actuar de forma conjunta e indistintamente, siendo doña CAMILA ADRIANA KAUAK PIWONKA, doña LORENA FRANCISCA KAUAK PIWONKA y don JUAN GUILLERMO KAUAK PIWONKA. Capital: $3.000.000.- Por último se acuerda migrar al sistema simplificado regulado en la Ley número veinte mil seiscientos cincuenta y nueve. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Doy Fe, Santiago, 06 de septiembre de 2024.