GEVIAL SUMINISTROS SpA
Instrumento
- Fecha
- 30 de agosto de 2024
- Repertorio
- 10794/2024
- Comuna
- Santiago
Administración
- ARTÍCULO UNDÉCIMO. xvi.- Leaseback de Muebles. a) Celebrar contratos de leasing o arrendar bienes muebles y comprar bienes muebles; b) Vender bienes muebles; c) Autorizar cargos en la cuenta corriente o girar en cuenta corriente. El Mandatario podrá delegar en todo o en parte las facultades contenidas en esta clausula”.Se deja constancia que permanecen plenamente vigentes los estatutos sociales en todo lo no modificado por este instrumento
Personas y entidades (2)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| INVERSIONES MEDINA OSSA LIMITADA | accionista | 76054172-9 | — | — | |
| CLAUDIO ANDRÉS TOLEDO PARRA | socio | 15506121-9 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPATRICIA VALENTINA MANRIQUEZ HUERTA, Notario Titular de la Cuadragésimo Octava Notaría de Santiago, certifica que por escritura pública de fecha 30 de agosto de 2024 de repertorio N° 10794/2024, ante mí, se redujo JUNTA EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS de la sociedad “GEVIAL SUMINISTROS SpA”, celebrada con fecha 27 de agosto del 2024, con la comparecencia de todos los accionistas, la sociedad INVERSIONES MEDINA OSSA LIMITADA, RUT Nº 76.054.172-9 y don CLAUDIO ANDRÉS TOLEDO PARRA, RUN Nº 15.506.121-9, se acordó modificar el artículo undécimo del estatuto social primitivo, solo en lo relativo a incluir en la parte final de esta disposición en cuanto a las facultades de administración lo siguiente lo relativo al Leasing, la cual quedara de la siguiente forma agregando en la parte final en las las facultades de administración lo siguiente: “Título Tercero De la administración. - ARTÍCULO UNDÉCIMO. xvi.- Leaseback de Muebles. a) Celebrar contratos de leasing o arrendar bienes muebles y comprar bienes muebles; b) Vender bienes muebles; c) Autorizar cargos en la cuenta corriente o girar en cuenta corriente. El Mandatario podrá delegar en todo o en parte las facultades contenidas en esta clausula”.Se deja constancia que permanecen plenamente vigentes los estatutos sociales en todo lo no modificado por este instrumento. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 09 de septiembre de 2024.