MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

GEVIAL SUMINISTROS SpA

RUT 76580901-0 CVE 2544886
Fecha instrumento
30 de agosto de 2024
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
30 de agosto de 2024
Repertorio
10794/2024
Comuna
Santiago

Administración

- ARTÍCULO UNDÉCIMO. xvi.- Leaseback de Muebles. a) Celebrar contratos de leasing o arrendar bienes muebles y comprar bienes muebles; b) Vender bienes muebles; c) Autorizar cargos en la cuenta corriente o girar en cuenta corriente. El Mandatario podrá delegar en todo o en parte las facultades contenidas en esta clausula”.Se deja constancia que permanecen plenamente vigentes los estatutos sociales en todo lo no modificado por este instrumento

Personas y entidades (2)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
INVERSIONES MEDINA OSSA LIMITADA accionista 76054172-9
CLAUDIO ANDRÉS TOLEDO PARRA socio 15506121-9

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PATRICIA VALENTINA MANRIQUEZ HUERTA, Notario Titular de la Cuadragésimo Octava Notaría de Santiago, certifica que por escritura pública de fecha 30 de agosto de 2024 de repertorio N° 10794/2024, ante mí, se redujo JUNTA EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS de la sociedad “GEVIAL SUMINISTROS SpA”, celebrada con fecha 27 de agosto del 2024, con la comparecencia de todos los accionistas, la sociedad INVERSIONES MEDINA OSSA LIMITADA, RUT Nº 76.054.172-9 y don CLAUDIO ANDRÉS TOLEDO PARRA, RUN Nº 15.506.121-9, se acordó modificar el artículo undécimo del estatuto social primitivo, solo en lo relativo a incluir en la parte final de esta disposición en cuanto a las facultades de administración lo siguiente lo relativo al Leasing, la cual quedara de la siguiente forma agregando en la parte final en las las facultades de administración lo siguiente: “Título Tercero De la administración. - ARTÍCULO UNDÉCIMO. xvi.- Leaseback de Muebles. a) Celebrar contratos de leasing o arrendar bienes muebles y comprar bienes muebles; b) Vender bienes muebles; c) Autorizar cargos en la cuenta corriente o girar en cuenta corriente. El Mandatario podrá delegar en todo o en parte las facultades contenidas en esta clausula”.Se deja constancia que permanecen plenamente vigentes los estatutos sociales en todo lo no modificado por este instrumento. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 09 de septiembre de 2024.