Instrumento
- Fecha
- 3 de septiembre de 2024
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Objeto social
La sociedad tendrá por objeto el cultivo y producción de arándanos, comprendiendo todas las etapas del proceso de producción y todas las actividades relacionadas con el giro y demás actividades de apoyo a la agricultura
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalHUMBERTO QUEZADA MORENO, abogado, Notario Titular de la 26ª Notaria de Santiago, con oficio en Avenida Apoquindo N°3.196, comuna de Las Condes, certifico por escritura de fecha 3 de septiembre de 2024, Rep.6158-2024, ante mí, Alejandro García Huidobro Llompart, ingeniero comercial, C.I. N° 9.931.651 – 9, en representación de Prize Holding Chile SpA, Rut 77.662.871 - 9, ambos con domicilio en Camino El Abra, km 2,5, comuna de Requinoa, de paso en ésta; y doña Javiera Inés Yolanda Briones Saval, químico farmacéutica, C.I. N 8.450.629-K y don Gonzalo Briones Saval, empresario, C.I. N 8.450.617-6, en representación de Puntoberry Chile SpA Rut N 77.066.759-3 todos domicilio en Ruta 60 Kilómetro 11,5 comuna de La Cruz, de paso en ésta; constituyeron sociedad por acciones denominada "BERRIES VICTORIA SpA”, Objeto: La sociedad tendrá por objeto el cultivo y producción de arándanos, comprendiendo todas las etapas del proceso de producción y todas las actividades relacionadas con el giro y demás actividades de apoyo a la agricultura.- Capital: $1.000.000, dividido en 10.000 acciones nominativas de igual valor cada una, de una misma serie y sin valor nominal, las que son suscritas y pagadas conforme de la siguiente forma: a) El accionista Prize Holding Chile SpA suscribe y paga íntegramente en este acto, en dinero efectivo, la cantidad de 5.000 acciones, a un valor de $100.- por acción, lo que determina un valor total de suscripción ascendente a $500.000.-; y b) el accionista Puntoberry Chile SpA suscribe y paga íntegramente en este acto, en dinero efectivo, la cantidad de 5.000 acciones, a un valor de $100.- por acción, lo que determina un valor total de suscripción ascendente a $500.000.- En consecuencia el capital enteramente suscrito y pagado. Otras estipulaciones no son materia de extracto. Santiago, 6 septiembre 2024. HQM. Not. Pub.