SERVICIOS PUBLICITARIOS CARAMELOS DIO LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 26 de junio de 2024
- Notario
- Notario Suplente de don WLADIMIR ALEJANDRO SCHRAMM LOPEZ
- Oficio
- Titular de la 49ª Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.980.000 CLP
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| SERVICIOS PUBLICITARIOS CARAMELOS DIO LIMITADA | socio | 76727727-K | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMACARENA REGINA PINO ABARCA, Notario Suplente de don WLADIMIR ALEJANDRO SCHRAMM LOPEZ, Notario Público del Titular de la 49ª Notaría Santiago, con oficio en Amunátegui 73, Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 26 de Junio de 2024, ante mi suplente Alvaro German Orellana Jara, don DAVID ENRIQUE DIAZ LARA, chileno, soltero, prensista, C.I. N° 13.470.251-6, domiciliado en calle los torneros N° 5669, Peñalolén, don ALFREDO EDUARDO DIAZ LARA, chileno, casado, factor de comercio,C.I. N° 13.450.329-7, domiciliado en calle uno N° 2294, Peñalolén, y doña AGUSTINA DEL CARMEN LARA BUSTAMANTE, chilena, soltera, dueña de casa, C.I. N° 7.048.070-0, domiciliada en calle los torneros N° 5669, Peñalolén, modificaron la SERVICIOS PUBLICITARIOS CARAMELOS DIO LIMITADA, R.U.T. N° 76.727.727-K, inscrita en el registro de comercio de Santiago a FS. 24030, N° 13.335, año 2017, y modificación inscrita con fecha 28 de diciembre del 2022, a Fs. 109.029, N° 48.578, año 2022, modificación que se efectuó en los siguientes términos: A) don ALFREDO EDUARDO DIAZ LARA, procedió a realizar venta de todos derechos sociales que mantiene en la sociedad SERVICIOS PUBLICITARIOS CARAMELOS DIO LIMITADA correspondiente al 99% del aporte social a doña AGUSTINA DEL CARMEN LARA BUSTAMANTE quien acepto y adquirió para sí; se modifica la cláusula quinta de la escritura de constitución sobre capital de la sociedad señalando que el capital de la sociedad será la suma de 2 millones de pesos que fue aportado de la siguiente forma: i) doña AGUSTINA DEL CARMEN LARA BUSTAMANTE, aporta la suma de $1.980.000. correspondiente al 99% del capital social; y ii) don DAVID ENRIQUE DIAZ LARA, aporta la suma de $20.000, correspondiente al 1% del capital social; Los socios se limitan responsabilidad al monto de sus aportes, se hace responsable los comparecientes de cualquier tributo que pudiera adeudar la sociedad, y se modifica la cláusula sexta de la escritura de constitución entregando la administración, el uso de la razón social y la representación de esta de forma exclusiva a don DAVID ENRIQUE DIAZ LARA. En lo no modificado, siguen vigentes cláusulas del pacto social primitivo. Por último, se entrega al portador de copia autorizada de la presente escritura y extracto para requerir inscripciones, subinscripciones, anotaciones y publicaciones que sean de rigor para la legalización de la escritura de modificación. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 05 de Septiembre del 2024.