Instrumento
- Fecha
- 9 de agosto de 2024
- Repertorio
- 37156-2024
- Notario
- María Soledad Lascar Merino
- Oficio
- Trigésimo Octava Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La sociedad tendrá por objeto la compra y)o venta, y en general, la adquisición y)o enajenación, a cualquier título, de bienes raíces, su explotación, arriendo, administración y percepción de sus frutos; además, podrá invertir en bienes muebles corporales de toda clase, como acciones, bonos, derechos, títulos de crédito, debentures y, en general, en cualquier clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y demás bienes incorporales, pudiendo adquirir y enajenar a cualquier título los señalados bienes y valores, administrarlos y percibir sus frutos. Podrá, además, tener por objeto la prestación de servicios a terceros de cualquier tipo, realizar toda clase de negocios y actividades relacionados directa o indirectamente con el giro antes mencionado y que los socios determinen de común acuerdo. Para el cumplimiento de los objetivos señalados, la sociedad podrá actuar por cuenta propia o ajena y)o asociada o en coparticipación con terceros. 4
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMaría Soledad Lascar Merino, notario público titular de la Trigésimo Octava Notaría de Santiago, domiciliada en Isidora Goyenechea 3.477, subsuelo, Las Condes, certifico que, Por escritura pública de fecha 09/08/2024, Repertorio N° 37.156-2024, ante mí, don Daniel Alejandro Bruera y doña Isabel Margarita Santini García, constituyeron una sociedad por acciones, de cuyos estatutos se extracta lo siguiente: 1. Razón social: INVERSIONES E INMOBILIARIA BRUERA SpA. 2. Duración: Indefinida. 3. Objeto: La sociedad tendrá por objeto la compra y/o venta, y en general, la adquisición y/o enajenación, a cualquier título, de bienes raíces, su explotación, arriendo, administración y percepción de sus frutos; además, podrá invertir en bienes muebles corporales de toda clase, como acciones, bonos, derechos, títulos de crédito, debentures y, en general, en cualquier clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y demás bienes incorporales, pudiendo adquirir y enajenar a cualquier título los señalados bienes y valores, administrarlos y percibir sus frutos. Podrá, además, tener por objeto la prestación de servicios a terceros de cualquier tipo, realizar toda clase de negocios y actividades relacionados directa o indirectamente con el giro antes mencionado y que los socios determinen de común acuerdo. Para el cumplimiento de los objetivos señalados, la sociedad podrá actuar por cuenta propia o ajena y/o asociada o en coparticipación con terceros. 4. Capital: $1.000.000, dividido en 1.000 acciones, nominativas, de una sola y única serie y sin valor nominal, las cuales serán emitidas sin imprimir láminas físicas de dichos títulos. El que se suscribe y paga íntegramente de la siguiente forma: a) don Daniel Alejandro Bruera suscribe 500 acciones, por un valor de $500.000, las que paga en este acto, al contado y en dinero efectivo; y b) doña Isabel Margarita Santini García suscribe 500 acciones, por un valor de $500.000, las que paga en este acto, al contado y en dinero efectivo. Demás estipulaciones no son materia de extracto y constan en escritura extractada. Santiago, 05 de septiembre de 2024.