MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

HUERTO LOS VASCOS LIMITADA

RUT 76444381-0 CVE 2543496
Capital
$10.000 CLP
Fecha instrumento
18 de julio de 2024
Notaría
Los

Instrumento

Fecha
18 de julio de 2024
Notario
JUAN MAURICIO ARANEDA MEDINA
Oficio
Cuarta Notaria de Los Ángeles
Comuna
Los

Sociedad

Capital
$10.000 CLP

Administración

Corresponderá al socio don IÑAKI FERNANDO URRUTIA GARCÍA quién actuando en forma separada y anteponiendo la razón social a su firma, obligará y representará a la sociedad con amplias facultades.- En consecuencia, pudiendo intervenir en todo acto o contrato en que sea parte o tenga interés la sociedad y convenir en las cláusulas de la esencia, de la naturaleza o meramente accidentales a dichos actos. En todo lo no modificado por la presente escritura regirá plenamente el pacto social celebrado por escritura pública de fecha dieciséis de Junio de dos mil dieciséis, Repertorio Número dos mil doscientos veintiocho guion dieciséis, otorgada ante doña María Antonieta Carrillo Flores, abogada, Notario Público Titular de la Tercera Notaría de Los Ángeles, y se inscribió a fojas seiscientos cuarenta y dos número trescientos diez del Registro de Comercio del año dos mil dieciséis, a cargo del Conservador de Comercio de Los Ángeles, cuyo capital asciende a $10.000.000 y su rol único tributario número 76.444.381-0

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN MAURICIO ARANEDA MEDINA, Notario Público Titular, Cuarta Notaria de Los Ángeles, con oficio en calle Caupolicán 355, Los Ángeles, certifico: Por escritura pública de fecha 18 de Julio de 2024, Rep. Nº 3367-2024, ante mí, doña CLAUDIA PAMELA GARCÍA VICENCIO, chilena, agricultora, viuda, cédula de identidad número once millones ochocientos treinta y tres mil trescientos cuarenta y ocho guion nueve, domiciliada en San Luis De Llano Blanco, kilómetro diecisiete, de la comuna de Los Ángeles; don FERNANDO URRUTIA GOIRI, chileno, médico veterinario, casado, cédula de identidad número tres millones setecientos treinta y cinco mil siete guion nueve, domiciliado en Fundo Euskadi, de la comuna de Los Ángeles; y don IÑAKI FERNANDO URRUTIA GARCÍA, chileno, estudiante, soltero, cédula de identidad número veintiún millones cuatrocientos dos mil ciento cuarenta y nueve guion ocho, domiciliado en calle Los Vikingos número seis mil trescientos veintiuno, departamento número mil quinientos uno, de la comuna de Las Condes, cedieron derechos y modificaron sociedad “HUERTO LOS VASCOS LIMITADA” y con el nombre de fantasía “LOS VASCOS LTDA.”, según lo siguiente: CESION DE DERECHOS EN SOCIEDAD HUERTOS EUSKADI LIMITADA. En este acto y por el presente instrumento don FERNANDO URRUTIA GOIRI, ya individualizado, viene en vender, ceder y transferir el cien por ciento de su cuota equivalente al nueve por ciento del haber total social de la sociedad de responsabilidad limitada HUERTO LOS VASCOS LIMITADA a don IÑAKI FERNANDO URRUTIA GARCÍA, también debidamente individualizado, quien compra, acepta y adquiere para sí y en dominio pleno la cuota antes referida.- El precio de esta compraventa o cesión es la suma de novecientos mil pesos que don IÑAKI FERNANDO URRUTIA GARCÍA, paga en este acto a don FERNANDO URRUTIA GOIRI en dinero efectivo, al cedente, quien declara haberlo recibido a su entera conformidad y satisfacción, no teniendo reclamo alguno que formular en su contra.- MODIFICACION SOCIAL.- En virtud de la cesión o venta efectuada, la sociedad, ya singularizada, se modifica en el siguiente sentido: A) El socio don FERNANDO URRUTIA GOIRI, vende o cede su cien por ciento de su cuota equivalente al nueve por ciento del haber total social a don IÑAKI FERNANDO URRUTIA GARCÍA; B) Don FERNANDO URRUTIA GOIRI deja de pertenecer a la sociedad de responsabilidad limitada HUERTO LOS VASCOS LIMITADA; C) Se incorpora como nuevo socio don IÑAKI FERNANDO URRUTIA GARCÍA con un nueve por ciento del haber total social, limitando su responsabilidad hasta el monto de sus respectiva cuota o parte en el haber total social; Y CH) Por último, los nuevos socios, don IÑAKI FERNANDO URRUTIA GARCÍA y doña CLAUDIA PAMELA GARCÍA VICENCIO, ya individualizados, en este acto y por el presente instrumento, vienen en modificar la cláusula Quinto, de los estatutos de la sociedad de responsabilidad limitada, De la Administración y uso de la razón social: Corresponderá al socio don IÑAKI FERNANDO URRUTIA GARCÍA quién actuando en forma separada y anteponiendo la razón social a su firma, obligará y representará a la sociedad con amplias facultades.- En consecuencia, pudiendo intervenir en todo acto o contrato en que sea parte o tenga interés la sociedad y convenir en las cláusulas de la esencia, de la naturaleza o meramente accidentales a dichos actos. En todo lo no modificado por la presente escritura regirá plenamente el pacto social celebrado por escritura pública de fecha dieciséis de Junio de dos mil dieciséis, Repertorio Número dos mil doscientos veintiocho guion dieciséis, otorgada ante doña María Antonieta Carrillo Flores, abogada, Notario Público Titular de la Tercera Notaría de Los Ángeles, y se inscribió a fojas seiscientos cuarenta y dos número trescientos diez del Registro de Comercio del año dos mil dieciséis, a cargo del Conservador de Comercio de Los Ángeles, cuyo capital asciende a $10.000.000 y su rol único tributario número 76.444.381-0.- Demás estipulaciones en escritura extractada. Los Angeles, a 28 de Agosto de 2024.