CONSULTORA SONQOLLAY SpA
Instrumento
- Fecha
- 28 de agosto de 2024
- Notario
- CLAUDIA PAOLA OLGUIN VARGAS
- Domicilio
- Valparaíso
Sociedad
- Capital
- $10.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCLAUDIA PAOLA OLGUIN VARGAS, Abogado, Notario Público de Valparaíso, con Oficio en calle Prat 612, por escritura pública de fecha 28 de Agosto de 2024, ante mí, comparecen: doña KATY VÁSQUEZ VENEGAS, chilena, casada, empresaria, cédula nacional de identidad No 12.846.833-1, domiciliada en Camino El Peumo No 116, Villa Claros del Bosque, Curauma, y don LUIS ENRIQUE MATURANA LEIGHTON, chileno, casado, empresario, cédula nacional de identidad No 8. 021.725 -0, domiciliado en Camino El Peumo No 116, Villa Claros del Bosque, Curauma; sanearon un vicio formal presente en la constitución de la sociedad por acciones denominada “CONSULTORA SONQOLLAY SpA”, así como en su extracto inscrito en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Valparaíso y publicado en el Diario Oficial. Capital social $10.000.000.- Antecedentes: 1) Por escritura pública de fecha veinticinco de Junio de dos mil veintiuno, otorgada ante el Notario Público de Valparaíso don Luis Felipe Sepúlveda Ponce, Repertorio número mil setecientos ochenta guion dos mil veintiuno, se constituyó la sociedad “CONSULTORA SONQOLLAY SpA”, el extracto de dicha constitución fu publicado en el Diario Oficial con el número cuarenta y tres mil diecinueve, con fecha cuatro de Agosto del año dos mil veintiuno, e inscrito a fojas quinientas dieciséis número trescientos cincuenta en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Valparaíso del año dos mil veintiuno. - 2) Con fecha 06 de agosto en la junta extraordinaria de accionistas se acordó modificar dos artículos de la Sociedad, el artículo cinco y el nueve, quedando de la siguiente forma: ARTÍCULO QUINTO: La Sociedad tendrá como objeto (uno) Desarrollar actividades profesionales, y técnicas, en el rubro de servicios de ingeniería y actividades conexas de consultoría técnica tales como; (a) Realizar asesorías en materias técnicas, comerciales, administrativas, laborales, de gestión, ventas, educación, y cualquier otra relativa a la Metodología BIM, a Ingeniería en proyectos Industriales, a construcción de proyectos industriales, tanto para Empresas nacionales como extranjeras, b) Levantamientos digitales de la realidad existente, mediante la utilización de equipamiento tecnológico especializado, (dos) Desarrollar actividades correspondientes a prestación de servicios administrativos y de apoyo, efectuando actividades de dotación de recursos humanos y actividades conexas de consultoría de gestión, tales como búsqueda, selección colocación de profesionales, técnicos y trabajadores en general, Servicios de coordinación, gestión, modelación y administración de plataformas BIM, (tres) Desarrollar ac tividades relativas a enseñanza, tales como; (a) Capacitación profesional y técnica de acuerdo con las normas legales y reglamentarias del Estatuto de Capacitación y Empleo, (cuatro) Participar directa o indirectamente en todo tipo de sociedades nacionales o extranjeras, en forma independiente o en conjunto con terceros, (cinco) La realización de inversiones. (seis) exportación de servicios mineros al extranjero. ARTÍCULO NOVENO: La sociedad será administrada por un gerente general, quien podrá a) administrar los bienes de la sociedad e invertir sus recursos; b) crear toda clase de ramas, sucursales, filiales, anexos, oficinas, departamentos, constituir sociedades de cualquier clase, de comunidades o asociaciones de corporaciones, de cooperativas, ingresar a las ya constituidas, representar a la Sociedad, con voz y voto, en todas ellas; concurrir a la modificación, disolución y liquidación de aquellas de que forme parte y ejercer o renunciar las acciones que competan a la Sociedad en tales sociedades o comunidades, siempre y cuando previamente se haya realizado una junta extraordinaria de accionistas que así lo aprueben con el cien por ciento del capital de las acciones. Respecto de las gestiones propias del administrador, como lo son las de celebrar contratos mercantiles, de arriendo, contratos de trabajo, compromisos de confidencialidad y de cualquier otra índole meramente administrativa y esencial para el funcionamiento de la Sociedad, no se requerirá de una junta extraordinaria. De la CONSULTORA SONQOLLAY SpA, de conformidad a lo dispuesto en la Ley número diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve, y demás normas legales pertinentes. Valparaíso, 2 de Septiembre de 2024.