COMERCIAL Y DISTRIBUIDORA BLUE SOUTH SpA
Instrumento
- Fecha
- 11 de diciembre de 2020
- Repertorio
- 2096-2020
- Notario
- IVAN TORREALBA ACEVEDO
- Oficio
- 33ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $667.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalIVAN TORREALBA ACEVEDO, Notario Público de la 33ª Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos 979 oficina 501, Santiago, certifica: por escritura pública de hoy, ante mí, TANGO S.A., con domicilio en calle General del Canto número 105 oficina 1204, Comuna de Providencia, Región Metropolitana; ASESORÍAS Y CONSULTORA FROMO S.A., con domicilio en General del Canto número 105 oficina número 1204, Comuna de Providencia, Región Metropolitana; doña PATRICIA CARLA GIANGRANDI VALENZUELA y, don KENNETH FRANCO BULHACK GIANGRANDI, ambos con domicilio en Américo Vespucio Norte número 1980 oficina número 404, Comuna de Conchalí, Región Metropolitana, modificaron COMERCIAL Y DISTRIBUIDORA BLUE SOUTH SpA rectificando escritura pública de modificación y transformación social de la sociedad otorgada con fecha 11 de diciembre de 2020 en la notaría de Santiago de don Jorge Andres Osorio Rojas repertorio 2096 -2020 en el sentido que donde dice en el TITULO DUODECIMO. DISPOSICION TRANSITORIA. ARTICULO TRANSITORIO. “El capital de la Sociedad ascendente a la suma de $667.000.000.- dividido en 10.000 acciones…” debe decir: “El capital de la Sociedad ascendente a la suma de $667.000.000.- dividido en 66.700 acciones…”. Asimismo, aumentaron su capital social de la suma de $667.000.000.-, dividido en 66.700 acciones nominativas, de una serie, sin valor nominal, a la suma de $1.192.000.000.-, dividido en 119.200 acciones nominativas, de una serie, sin valor nominal, mediante la emisión de 52.500 acciones de pago, nominativas, de una misma serie, sin valor nominal, a un valor equivalente a $10.000.- por cada acción, esto es por la suma total de $525.000.000.-, que se suscriben y pagan íntegramente en dicho acto, mediante la capitalización aportes y de préstamos efectuado por los accionistas a la sociedad, con anterioridad a fecha escritura extractada. Demás estipulaciones, constan en escritura extractada. Santiago, 19 de agosto de 2024.