ALMAGRO TR INVERSIONES LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 5 de septiembre de 2024
- Repertorio
- 2010-2024
- Notario
- SEBASTIÁN SADÁ AZNAR
- Oficio
- 1ª Notaría de Osorno
- Comuna
- Osorno
Sociedad
- Capital
- $3.000.000 CLP
- Duración
- La sociedad empezará a regir a contar de la fecha de esta escritura y expirará en el plazo de cinco años renovables tácita, automática y sucesivamente por períodos iguales si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso, mediante escritura pública que se inscribirá al margen de la inscripción social y notificada a los demás socios por carta certificada, con una anticipación de a lo menos seis meses antes del fin del respectivo período
Objeto social
inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; la compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquiera clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. La
Administración
corresponderá a CRISTIAN RAÚL PEREIRA CASAROTTO. LIMITACION: facultades señaladas en los numerandos uno, seis, veinticuatro y treinta y ocho de la cláusula cuarta deberán ser ejercidas por todos los socios conjuntamente
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalSEBASTIÁN SADÁ AZNAR, Notario Público Titular de la 1ª Notaría de Osorno, con oficio en Manuel Antonio Matta 680, Osorno. CERTIFICO: Mediante escritura pública de 5 de septiembre de 2024, Repertorio 2010-2024, otorgada ante mí, comparecen: CRISTIÁN RAÚL PEREIRA CASAROTTO, C.I. Nº 7.652.465-3 y FELIPE GUSTAVO PEREIRA KAHL, C.I.Nº 19.863.272-4, ambos con domicilio en Diego de Almagro 1925, Osorno, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada del siguiente tenor: Razón social: ALMAGRO TR INVERSIONES LIMITADA". Objeto: inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; la compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquiera clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. La administración y uso de la razón social: corresponderá a CRISTIAN RAÚL PEREIRA CASAROTTO. LIMITACION: facultades señaladas en los numerandos uno, seis, veinticuatro y treinta y ocho de la cláusula cuarta deberán ser ejercidas por todos los socios conjuntamente. Capital: $3.000.000, que los socios han enterado en totalidad a caja social; y, que aportan y pagan en las proporciones y de la forma siguiente: A) CRISTIAN RAÚL PEREIRA CASAROTTO entera el equivalente al 98% del capital social, mediante el aporte en efectivo de dos millones novecientos cuarenta mil pesos y B) FELIPE GUSTAVO PEREIRA KAHL entera en el equivalente al 2% del capital social, mediante el aporte en efectivo de sesenta mil pesos. Duración: La sociedad empezará a regir a contar de la fecha de esta escritura y expirará en el plazo de cinco años renovables tácita, automática y sucesivamente por períodos iguales si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso, mediante escritura pública que se inscribirá al margen de la inscripción social y notificada a los demás socios por carta certificada, con una anticipación de a lo menos seis meses antes del fin del respectivo período. Demás estipulaciones escritura extractada. OSORNO, 5 de septiembre de 2024.