ALMAGRO TR INMOBILIARIA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 5 de septiembre de 2024
- Repertorio
- 2009-2024
- Notario
- SEBASTIÁN SADÁ AZNAR
- Oficio
- 1ª Notaría de Osorno
- Comuna
- Osorno
Sociedad
- Capital
- $3.000.000 CLP
- Duración
- La sociedad empezará a regir a contar de la fecha de esta escritura y expirará en el plazo de cinco años renovables tácita, automática y sucesivamente por períodos iguales si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso, mediante escritura pública que se inscribirá al margen de la inscripción social y notificada a los demás socios por carta certificada, con una anticipación de a lo menos seis meses antes del fin del respectivo período
Objeto social
compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena; la compraventa de sitios y otros inmuebles; la demolición de edificios y construcciones de cualquier especie; el estudio, la construcción, por cuenta propia o ajena, de casas, edificios y otros; la representación de firmas nacionales o extranjeras; la construcción de condominios, por cuenta propia o ajena; la urbanización de predios; la compraventa de toda clase de inmuebles; la gestión de corretaje de propiedades, de arrendamiento y de uso de condominios; la formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden.. La
Administración
corresponderá a CRISTIAN RAÚL PEREIRA CASAROTTO. LIMITACION: facultades señaladas en los numerandos uno, seis, veinticuatro y treinta y ocho de la cláusula cuarta deberán ser ejercidas por todos los socios conjuntamente
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalSEBASTIÁN SADÁ AZNAR, Notario Público Titular de la 1ª Notaría de Osorno, con oficio en Manuel Antonio Matta 680, Osorno. CERTIFICO: Mediante escritura pública de 5 de septiembre de 2024, Repertorio 2009-2024, otorgada ante mí, comparecen: CRISTIÁN RAÚL PEREIRA CASAROTTO, C.I. Nº 7.652.465-3 y FELIPE GUSTAVO PEREIRA KAHL, C.I.Nº 19.863.272-4, ambos con domicilio en Diego de Almagro 1925, Osorno, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada del siguiente tenor: Razón social: ALMAGRO TR INMOBILIARIA LIMITADA". Objeto: compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena; la compraventa de sitios y otros inmuebles; la demolición de edificios y construcciones de cualquier especie; el estudio, la construcción, por cuenta propia o ajena, de casas, edificios y otros; la representación de firmas nacionales o extranjeras; la construcción de condominios, por cuenta propia o ajena; la urbanización de predios; la compraventa de toda clase de inmuebles; la gestión de corretaje de propiedades, de arrendamiento y de uso de condominios; la formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden.. La administración y uso de la razón social: corresponderá a CRISTIAN RAÚL PEREIRA CASAROTTO. LIMITACION: facultades señaladas en los numerandos uno, seis, veinticuatro y treinta y ocho de la cláusula cuarta deberán ser ejercidas por todos los socios conjuntamente. Capital: $3.000.000, que los socios han enterado en totalidad a caja social; y, que aportan y pagan en las proporciones y de la forma siguiente: A) CRISTIAN RAÚL PEREIRA CASAROTTO entera el equivalente al 98% del capital social, mediante el aporte en efectivo de dos millones novecientos cuarenta mil pesos y B) FELIPE GUSTAVO PEREIRA KAHL entera en el equivalente al 2% del capital social, mediante el aporte en efectivo de sesenta mil pesos. Duración: La sociedad empezará a regir a contar de la fecha de esta escritura y expirará en el plazo de cinco años renovables tácita, automática y sucesivamente por períodos iguales si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso, mediante escritura pública que se inscribirá al margen de la inscripción social y notificada a los demás socios por carta certificada, con una anticipación de a lo menos seis meses antes del fin del respectivo período. Demás estipulaciones escritura extractada. OSORNO, 5 de septiembre de 2024.