Instrumento
- Fecha
- 19 de agosto de 2024
- Notario
- XIMENA PATRICIA RICCI DÍAZ
- Oficio
- Primera Notaría y Conservador de Minas de esta ciudad
Sociedad
- Capital
- $15.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalXIMENA PATRICIA RICCI DÍAZ, abogado y Notario Público Titular de la Primera Notaría y Conservador de Minas de esta ciudad, con oficio en Avenida Barros Luco número mil setecientos cuarenta y nueve, San Antonio, certifico que por escritura pública otorgada con fecha 19 de agosto de 2024, Repertorio número 1675-2024, comparecieron ante mi don RENÉ DANILO AHUMADA YÁÑEZ, chileno, casado y separado de bienes, constructor civil, cédula nacional de identidad número seis millones quinientos cinco mil seiscientos noventa y ocho guion cuatro; doña CECILIA ANDREA AHUMADA MATURANA, chilena, casada y separada de bienes, ingeniero comercial, cédula nacional de identidad número quince millones ochocientos sesenta y cinco mil seiscientos sesenta y siete guion uno; y don RENÉ ALEJANDRO AHUMADA MATURANA, chileno, soltero, ingeniero comercial, cédula nacional de identidad número diez millones doscientos cincuenta y siete mil ciento ochenta y seis guion k, todos domiciliados para estos efectos en Camino Lo Gallardo dos mil ciento ochenta y cinco, comuna de San Antonio, región de Valparaíso; todos en calidad de accionistas de la sociedad “SOCIEDAD MÉDICA LLO-LLEO SpA”, con un capital de $15.000.000 y en cuya virtud modificaron los estatutos sociales de la misma. En este sentido, se modificó la cláusula segunda de la escritura de constitución de SOCIEDAD MÉDICA LLO-LLEO SpA, la que pasará a ser del siguiente tenor: “SEGUNDO. Razón social. El nombre de la sociedad y su razón social será ‘SOCIEDAD MÉDICA NUEVA PROVIDENCIA SpA’ y podrá actuar y funcionar, incluso con los bancos, indistintamente, con el nombre de fantasía de ‘NUEVA PROVIDENCIA SALUD SpA’”. Los comparecientes dejan expresa constancia que en todo aquello que no ha sido modificado y/o rectificado, rigen plenamente las disposiciones de la escritura pública de constitución individualizada en la cláusula primera. Demás estipulaciones en la escritura pública extractada. San Antonio, 20 de agosto de 2024.