CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

SOCIEDAD DE INVERSIONES LARA & CO SpA

CVE 2542635
Capital
$70.000.000 CLP
Fecha instrumento
22 de agosto de 2024
Notaría
Rancagua
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
22 de agosto de 2024
Notario
CARLA SILVA ACHARAN
Oficio
Séptima Notaría de Rancagua
Comuna
Rancagua

Sociedad

Capital
$70.000.000 CLP
Duración
Indefinida

Objeto social

El objeto de la sociedad será: a) Efectuar directa o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero, inversiones en toda clase de bienes, sean estos muebles o inmuebles, corporales o incorporales, derechos reales y personales, acciones, derechos en otras sociedades, bonos, efectos de comercio y demás valores mobiliarios y en toda clase de instrumentos de inversión, en moneda nacional o extranjera y otros títulos de crédito que existan actualmente o se creen, en el futuro incluyendo la administración, transferencia, explotación, usufructo y disposiciones de esas inversiones y la percepción de sus frutos; b) la prestación de servicios a la industria en especial en el área minera, y agroindustrial, servicios de ingeniería y el giro de construcción; la compra, venta, importación, distribución, exportación y arrendamiento de toda clase de vehículos, máquinas, equipos, insumos, y repuestos, destinados a la industria, la computación e informática en general; el trasporte terrestre de carga y de pasajeros, en vehículos propios o de terceros; y cualquier otro acto relacionado, y)o que acordaren los

Administración

El uso de la razón social, la representación y la administración de la sociedad le corresponderá a Adolfo Carlos Lara Pozo, quien podrá actuar con todas las facultades pactadas en el estatuto social

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

CARLA SILVA ACHARAN, Notario Público Interino Séptima Notaría de Rancagua, Av. Presidente Eduardo Frei Montalva 340, Local 3, Rancagua, certifica: Por escritura pública de 22 de agosto de 2024, Repertorio número 2170- 2024, ante mí, ADOLFO CARLOS LARA POZO, domiciliado Joaquín Toesca N° 194 Barrio Colonial, Comuna Machalí, Región del Libertador Bernardo O´Higgins, constituyo Sociedad de Responsabilidad Limitada por Acciones, razón social, “SOCIEDAD DE INVERSIONES LARA & CO SPA” nombre de fantasía “Alteco SpA”.- Duración: Indefinido, Objeto: El objeto de la sociedad será: a) Efectuar directa o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero, inversiones en toda clase de bienes, sean estos muebles o inmuebles, corporales o incorporales, derechos reales y personales, acciones, derechos en otras sociedades, bonos, efectos de comercio y demás valores mobiliarios y en toda clase de instrumentos de inversión, en moneda nacional o extranjera y otros títulos de crédito que existan actualmente o se creen, en el futuro incluyendo la administración, transferencia, explotación, usufructo y disposiciones de esas inversiones y la percepción de sus frutos; b) la prestación de servicios a la industria en especial en el área minera, y agroindustrial, servicios de ingeniería y el giro de construcción; la compra, venta, importación, distribución, exportación y arrendamiento de toda clase de vehículos, máquinas, equipos, insumos, y repuestos, destinados a la industria, la computación e informática en general; el trasporte terrestre de carga y de pasajeros, en vehículos propios o de terceros; y cualquier otro acto relacionado, y/o que acordaren los socios. Capital de $70.000.000, suscrito y pagado. El Capital de la sociedad se divide y representa en 70.0000 acciones nominativas, ordinarias, de una sola serie, con valor nominal de mil pesos cada una, que se entera y paga en su totalidad al contado y en dinero efectivo ingresado a la caja social por don Adolfo Carlos Lara Pozo. Administración: El uso de la razón social, la representación y la administración de la sociedad le corresponderá a Adolfo Carlos Lara Pozo, quien podrá actuar con todas las facultades pactadas en el estatuto social. Demás estipulaciones constan de escritura que se extracta. Rancagua, 28 de agosto de 2024. Doy fe.