SOCIEDAD CHILENA DE YOGA INTEGRAL LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 2 de septiembre de 2024
- Notario
- FRANCISCO VARAS FERNÁNDEZ
- Oficio
- Notaría Trigésima Segunda
- Comuna
- Trigésima Segunda
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFRANCISCO VARAS FERNÁNDEZ, Abogado, Notario Público Titular de la Notaría Trigésima Segunda, calle Paseo Phillips Nº 465, ex 35, Santiago, certifica que por escritura pública de fecha 02 de Septiembre 2024, ante mí don CARLOS ERNESTO MUÑOZ COSTAS, cédula de identidad número 10.532.889-3, domiciliado en Bellavista # 268, departamento 3A, comuna de Recoleta, doña MARÍA CONSUELO COSTAS LAJUSTICIA, cédula de identidad número 3.557.406-9, domiciliada en Avenida el Bosque Norte # 117, departamento 52, comuna de Providencia, doña MARIA SOLEDAD MUÑOZ COSTAS, cédula de identidad número 9.665.113-9, domiciliada en calle Cobre # 4003, comuna de Recoleta, doña SOLEDAD FANNY MENDEZ PEREZ, cedula de identidad número 10.929.478-0, domiciliada en Bellavista # 268, departamento 3A, comuna de Recoleta, modificaron la sociedad de responsabilidad limitada “SOCIEDAD CHILENA DE YOGA INTEGRAL LIMITADA”, la cual fue constituida por Escritura Pública con fecha 12 de junio del año 2009, otorgada ante don Pedro Reveco Hormazábal, bogado, Notario Público Titular de la Décimo Novena Notaría de Santiago, cuyo extracto se inscribió a fojas 27.829, número 19.144 del año 2009, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, se publico asimismo en el Diario Oficial de la República de Chile, en su edición de fecha 25 de junio del año 2009, modificada por Escritura Pública de fecha 23 de diciembre del año 2016, otorgada en la Notaria de Santiago de don Francisco Varas Fernández cuya inscripción rola a fojas 98.426, número 54.223, del año 2016, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, en los términos siguientes: Por el presente instrumento y con la comparecencia y autorización de la unanimidad de los socios, quienes están presentes en el mismo acto: SEGUNDO: Por el fallecimiento de don ERNESTO SEGUNDO MUÑOZ VERGARA, su sucesión viene en nombrar apoderado común a don CARLOS ERNESTO MUÑOZ COSTAS, en virtud de lo dispuesto en la CLÁUSULA DÉCIMA de la escritura de constitución de sociedad. CUARTO: doña MARIA CONSUELO COSTAS LAJUSTICIA, vende, cede y transfiere a doña SOLEDAD FANNY MENDEZ PEREZ, quien compra y adquiere para sí derechos equivalentes al 10% de la participación en la sociedad “SOCIEDAD CHILENA DE YOGA INTEGRAL LIMITADA”. El precio de la cesión es la suma de 100.000 pesos, pagados de contado y en dinero en efectivo. doña MARIA CONSUELO COSTAS LAJUSTICIA, vende, cede y transfiere a don CARLOS ERNESTO MUÑOZ COSTAS, quien compra y adquiere para sí derechos equivalentes al 33,75% de la participación en la sociedad “SOCIEDAD CHILENA DE YOGA INTEGRAL LIMITADA”. El precio de la cesión es la suma de 337.500 pesos pagados de contado y en dinero en efectivo. Doña MARIA SOLEDAD MUÑOZ COSTAS, , vende, cede y transfiere a don CARLOS ERNESTO MUÑOZ COSTAS, quien compra y adquiere para sí derechos equivalentes al 3,125% de la participación en la sociedad “SOCIEDAD CHILENA DE YOGA INTEGRAL LIMITADA”. El precio de la cesión es la suma de 31.250 pesos pagados de contado y en dinero en efectivo. Como consecuencia de las cesiones descritas quedaron como socios: CARLOS ERNESTO MUÑOZ COSTAS con el 90% del capital y propiedad de la sociedad “SOCIEDAD CHILENA DE YOGA INTEGRAL LIMITADA”, y doña SOLEDAD FANNY MENDEZ PEREZ con el 10% del capital y propiedad de la sociedad “SOCIEDAD CHILENA DE YOGA INTEGRAL LIMITADA”. En todo lo demás y no modificado expresamente por este instrumento rige y se mantienen vigentes los estatutos sociales. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago 3 de septiembre 2024.