CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

LAS MALVAS SpA

CVE 2542313
Capital
$302.000.000 CLP
Fecha instrumento
22 de agosto de 2024
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
22 de agosto de 2024
Repertorio
6316-2024
Notario
Notario suplente de PATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO
Oficio
Segunda Notaría de Santiago con asiento en la comuna de Lo Barnechea

Sociedad

Capital
$302.000.000 CLP
Domicilio
Su domicilio será la ciudad de Santiago, pudiendo establecer agencias, oficinas o sucursales en otros puntos del país o del extranjero, y de los domicilios especiales que pueda fijar para actos y contratos determinados
Duración
Indefinida

Objeto social

La sociedad tendrá por

Administración

La administración, representación de la sociedad y el uso de su razón social corresponderá a JOSÉ FELIPE VALDÉS CORREA, LUIS FELIPE BALDWIN CORREA y VÍCTOR HUGO VASQUEZ ZENTENO, quienes actuando conjuntamente dos cualesquiera de ellos y anteponiendo a sus firmas la razón social, estarán premunidos con todas facultades de administración y de representación de la Sociedad

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ROSE MARIE MUÑOZ ALVAREZ, Notario suplente de PATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO, Abogado, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Santiago con asiento en la comuna de Lo Barnechea, con domicilio en Avenida La Dehesa número 1201, local 101, CERTIFICO: que por escritura pública con fecha 22 de agosto de 2024, número de repertorio 6316-2024, ante mí, LUIS FELIPE BALDWIN CORREA y MARGARITA SALINAS GANA, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida Vitacura 2969, piso 8, oficina 801, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, constituyeron una sociedad por acciones, cuyos estatutos extracto: NOMBRE: La sociedad se denomina “LAS MALVAS SpA”. OBJETO: La sociedad tendrá por objeto: a) la prestación de servicios profesionales y técnicos en materias financieras, económicas y contables. Podrá También realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación directa con el giro de la sociedad y, en general, llevar a cabo por si misma o a través de terceros cualquier negocio que acuerden los socios. Para el cumplimiento del objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades e ingresar a ellas; b) la inversión pasiva en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales, tales como acciones, bonos, fondos mutuos, cuotas de fondos de inversión públicos o privados, debentures, y otros instrumentos mercantiles y mobiliarios; podrá concurrir a la constitución y/o participar en toda clase de sociedades, de personas, anónimas o de cualquier otro tipo, comunidades y asociaciones en general, sean éstas nacionales como extranjeras; podrá además garantizar obligaciones personales de los socios, o de las sociedades de que éstos sean socios, constituyéndose para ello en avalista, codeudora solidaria, fiadora o garante en cualquier otra forma y para los mismos fines podrá también hipotecar, prendar o gravar en cualquier forma los bienes sociales; podrá también otorgar préstamos y financiamiento con o sin interés, en favor de terceros y de sociedades en que ellos participen como socios o accionistas. DOMICILIO: Su domicilio será la ciudad de Santiago, pudiendo establecer agencias, oficinas o sucursales en otros puntos del país o del extranjero, y de los domicilios especiales que pueda fijar para actos y contratos determinados. DURACIÓN: La sociedad comenzará a regir a partir de esta fecha y tendrá duración indefinida. CAPITAL: El capital de la Sociedad es la suma de $302.000.000 pesos, dividido en 3020 acciones de una misma serie, ordinarias, nominativas y sin valor nominal, las cuales se encuentran íntegramente suscritas y pendientes de pago. ADMINISTRACIÓN: La administración, representación de la sociedad y el uso de su razón social corresponderá a JOSÉ FELIPE VALDÉS CORREA, LUIS FELIPE BALDWIN CORREA y VÍCTOR HUGO VASQUEZ ZENTENO, quienes actuando conjuntamente dos cualesquiera de ellos y anteponiendo a sus firmas la razón social, estarán premunidos con todas facultades de administración y de representación de la Sociedad. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 30 de agosto de 2024.