MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INVERSIONES PARLAMENTO LIMITADA

RUT 96711520-7 CVE 2542356
Fecha instrumento
22 de agosto de 2024
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
22 de agosto de 2024
Repertorio
51928-2024
Notario
FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL
Oficio
2ª Notaría Santiago
Comuna
Santiago

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
INVERSIONES PARLAMENTO LIMITADA socio 96711520-7

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL, Notario Público Titular de la 2ª Notaría Santiago, con domicilio en calle Alcántara Nº 107, Las Condes, certifica: Por escritura pública de fecha 22 de agosto de 2024, Repertorio N° 51.928- 2024, otorgada ante mí, Atalívar Carranza Iglesias, abogado, cédula de identidad Nº 5.028.473-5, domiciliado en calle Compañía de Jesús Nº 1.085, oficina 1301, Comuna de Santiago, Región Metropolitana; Carmen Gloria Garcés Rivadeneira, decoradora de interiores, cédula de identidad Nº 5.064.684-K, domiciliada en Camino El Huinganal Nº 3.561, departamento E 32, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana; Gabriel Andrés Carranza Garcés, historiador, cédula de identidad Nº 9.387.097-2, domiciliado en calle Alejandro Serani Norte Nº 9.458, departamento 207, Comuna de Vitacura, Región Metropolitana; y Luis Felipe Carranza Garcés, publicista, cédula de identidad Nº 9.387.096-4, domiciliado en calle Basilea Nº 249, Comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana, modificaron INVERSIONES PARLAMENTO LIMITADA, Rol Único Tributario Nº 96.711.520-7, constituida por escritura pública de fecha 5 de agosto de 1994, otorgada en la 9ª Notaría de Santiago de don Fernando Opazo Larraín, cuyo extracto se encuentra inscrito a fojas 18.165 Nº 14.887 del Registro de Comercio a cargo del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, del año 1994, y publicado en el Diario Oficial de fecha 26 de agosto de 1994, en el siguiente sentido: 1°) Atalivar Carranza Iglesias, vendió, cedió y transfirió a Gabriel Andrés Carranza Garcés, quien compró, aceptó y adquirió para sí, el 5,95% de los derechos sociales, en la suma de $35.400.000.- que cesionario pagó al cedente, en ese acto de contado, mediante la entrega del Cheque Cheque Nº 9613086, Serie 072B, girado de la Cuenta Corriente Nº 320000699 del Banco Scotiabank a la orden del cesionario Gabriel Andrés Carranza Garcés, cheque que debidamente endosado, se recibió con expreso ánimo de novar, encontrándose pagado el precio a entera satisfacción del cedente; 2º) Atalivar Carranza Iglesias, vendió, cedió y transfirió a Luis Felipe Carranza Garcés, quien compró, aceptó y adquirió para sí, el 5,95% de los derechos sociales, en la suma de $35.400.000.- que cesionario pagó al cedente, en ese acto de contado, mediante la entrega del Cheque Cheque Nº 9613087, Serie 072B, girado de la Cuenta Corriente Nº 320000699 del Banco Scotiabank a la orden del cesionario Gabriel Andrés Carranza Garcés, cheque que debidamente endosado, se recibió con expreso ánimo de novar, encontrándose pagado el precio a entera satisfacción del cedente; 3°) Con las anteriores cesiones, quedan como únicos socios Atalivar Carranza Iglesias con un 50,05% del haber social, Carmen Gloria Garcés Rivadeneira con un 19,35% del haber social y don Luis Felipe Carranza Garcés, cada uno, con un 15,30% del haber social; y 5°) Actuales socios, modifican el artículo 5º del estatuto social, relativo al capital de la sociedad, reemplazándolo íntegramente por el siguiente: “Quinto: El capital social es la suma de cien millones de pesos, que se encuentra enterado y pagado por los socios en las siguientes proporciones: a) Don Atalivar Carranza Iglesias, con la suma de cincuenta millones cincuenta mil pesos, que corresponden a un cincuenta coma cero cinco por ciento del haber social; b) Doña Carmen Gloria Garcés Rivadeneira, con la suma de diecinueve millones trescientos cincuenta mil pesos, que corresponden a un diecinueve por ciento del haber social; c) Don Gabriel Andrés Carranza Garcés, con la suma de quince millones trescientos cincuenta mil pesos, que corresponden a un quince coma treinta y cinco por ciento de los derechos sociales; y d) Don Luis Felipe Carranza Garcés, con la suma de quince millones trescientos cincuenta mil pesos, que corresponden a un quince coma treinta y cinco por ciento de los derechos sociales.”. Demás estipulaciones constan de la escritura extractada. Santiago, 02 de septiembre de 2024.