Inmobiliaria Magda Elena SpA
Instrumento
- Fecha
- 23 de agosto de 2024
- Repertorio
- 47615
Sociedad
- Capital
- $210.000.000 CLP
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- Indefinida
- Ley aplicable
- Ley 18.046
Objeto social
La compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena; la adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios; la formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro; y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con la actividad inmobiliaria; y cualquier otro negocio que acordaren los
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPEDRO RICARDO REVECO HORMAZABAL, Notario de Santiago, Bandera 341, Of. 352, Certifica: Que por escritura pública de 23 de Agosto de 2024, ante mi Suplente Javier Ignacio Hormazábal Collao, Repertorio No 47.615, CRISTINA SOLEDAD GAETE BANDA, abogada, rut 8.713.126-2, con domicilio en Av. Los Leones 1425, depto.1202, Providencia, Región Metropolitana, constituyó una Sociedad por Acciones, conforme artículo 424 y siguientes del Código Comercio y disposiciones pertinentes de Ley 18.046, modificaciones y Reglamento aplicables, modo siguiente: Nombre: INMOBILIARIA MAGDA ELENA SpA. Domicilio: Santiago. Objeto: La compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena; la adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios; la formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro; y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con la actividad inmobiliaria; y cualquier otro negocio que acordaren los accionistas. Duración: Indefinida. Capital: $210.000.000, dividido en 10.000 acciones sin valor nominal, suscrito y pagado en acto de constitución por accionista fundadora mediante el aporte en dominio pleno de inmuebles que se individualizan en cláusula quinta de Estatutos Sociales, avaluados por accionista fundadora en los monto que en ella se indica. Demás estipulaciones constan de escritura que extracto. Santiago, 02 de Septiembre de 2024. PEDRO RICARDO REVECO HORMAZABAL, Notario de Santiago.