Inmobiliaria e Inversiones el Rodeo Limitada
Instrumento
- Fecha
- 21 de agosto de 2024
- Repertorio
- 12460-2024
- Notario
- VERONICA TORREALBA COSTABAL
- Oficio
- Trigésima Tercera Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Duración
- 5 años contados desde la fecha de la escritura extractada, prorrogable automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno
Objeto social
El objeto de la sociedad será: /a) La compraventa de toda clase de efectos de comercio, inversión en valores mobiliarios e inmobiliarios, acciones, bonos, títulos renta, títulos deuda y créditos y, en toda clase de sociedades; /b) compra, venta, arrendamiento, administración y leasing de bienes muebles e inmuebles, por cuenta propia o ajena; c) el desarrollo de toda clase de actividad o negocio sin limitación alguna, en giro inmobiliario, agrícola, financiero, industrial y comercial; d) administrar bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles, propios o de terceros, construir en ellos, subdividirlos, urbanizarlos, lotearlos y venderlos; /e) ejecutar en bienes raíces, la explotación de obras civiles, arquitectura, ingeniería y montaje, por cuenta propia o ajena, toda clase de construcciones, mejoras, remodelaciones, decoraciones, edificaciones y transformaciones; y, /f) explotar y comercializar, por cuenta propia o ajena, toda clase de bienes que la sociedad adquiera a cualquier título; y asimismo, para el mejor cumplimiento de sus fines sociales, la Sociedad está facultada sin limitación alguna para ejecutar toda clase de actos y participar en toda clase de negocios o actividades directa o indirectamente relacionadas, conexas o complementarias al
Administración
La representación y administración de la sociedad y el uso de su razón social corresponderá, individual e indistintamente a don Francisco Dittborn Ugarte, doña María Ignacia Dittborn Ugarte y doña Manuela Dittborn Ugarte, con las facultades indicadas en la escritura extractada
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalVERONICA TORREALBA COSTABAL, Notario Público Suplente de la Trigésima Tercera Notaria de Santiago, con oficio en calle Huérfanos 979, oficina 501, comuna de Santiago, certifica que: por escritura pública de fecha 21 de agosto de 2024, otorgada en esta misma notaría bajo el número de repertorio 12.460-2024 ante el Titular don Iván Torrealba Acevedo: FRANCISCO DITTBORN UGARTE, MARÍA IGNACIA DITTBORN UGARTE; y, MANUELA DITTBORN UGARTE, todos domiciliados para estos efectos en Panamericana Norte número cinco mil trescientos quince, comuna de Conchalí, Región Metropolitana, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada, de cuyos estatutos se extracta: Nombre o Razón Social: “INMOBILIARIA E INVERSIONES EL RODEO LIMITADA”. Objeto: El objeto de la sociedad será: /a/ La compraventa de toda clase de efectos de comercio, inversión en valores mobiliarios e inmobiliarios, acciones, bonos, títulos renta, títulos deuda y créditos y, en toda clase de sociedades; /b/ compra, venta, arrendamiento, administración y leasing de bienes muebles e inmuebles, por cuenta propia o ajena; c) el desarrollo de toda clase de actividad o negocio sin limitación alguna, en giro inmobiliario, agrícola, financiero, industrial y comercial; d) administrar bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles, propios o de terceros, construir en ellos, subdividirlos, urbanizarlos, lotearlos y venderlos; /e/ ejecutar en bienes raíces, la explotación de obras civiles, arquitectura, ingeniería y montaje, por cuenta propia o ajena, toda clase de construcciones, mejoras, remodelaciones, decoraciones, edificaciones y transformaciones; y, /f/ explotar y comercializar, por cuenta propia o ajena, toda clase de bienes que la sociedad adquiera a cualquier título; y asimismo, para el mejor cumplimiento de sus fines sociales, la Sociedad está facultada sin limitación alguna para ejecutar toda clase de actos y participar en toda clase de negocios o actividades directa o indirectamente relacionadas, conexas o complementarias al objeto social. Administración: La representación y administración de la sociedad y el uso de su razón social corresponderá, individual e indistintamente a don Francisco Dittborn Ugarte, doña María Ignacia Dittborn Ugarte y doña Manuela Dittborn Ugarte, con las facultades indicadas en la escritura extractada. Capital: El capital de la Sociedad es la suma de un millón doscientos mil pesos, que los socios aportan y enteran de la siguiente forma: /a/ don Francisco Dittborn Ugarte, aporta a la sociedad la suma 400.000 pesos, que equivalen a un tercio del capital social, suma que entera y paga en este mismo acto, al contado, en dinero efectivo, y que ingresan a la caja social; /b/doña María Ignacia Dittborn Ugarte, aporta a la sociedad la suma 400.000 pesos, que equivalen a un tercio del capital social, suma que entera y paga en este mismo acto, al contado, en dinero efectivo, y que ingresan a la caja social; y, c) doña Manuela Dittborn Ugarte, aporta a la sociedad la suma 400.000 pesos, que equivalen a un tercio del capital social, suma que entera y paga en este mismo acto, al contado, en dinero efectivo, y que ingresan a la caja social. Responsabilidad: Los socios limitan su responsabilidad hasta la concurrencia del monto de sus respectivos aportes. Vigencia: 5 años contados desde la fecha de la escritura extractada, prorrogable automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó al portador de este extracto para legalización. Santiago 30 de agosto de 2024.