MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

LUX DISTRIBUTION CHILE SpA

RUT 77066655-4 CVE 2541918
Capital
$4.988.936.909 CLP
Fecha instrumento
8 de julio de 2024
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
8 de julio de 2024
Notario
JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA
Oficio
Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$4.988.936.909 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Abogado, Notario Público, Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos Número ochocientos treinta y cinco, piso dieciocho, comuna de Santiago, certifico: por escritura pública otorgada ante mí, con fecha 8 de julio de 2024, la sociedad Saint Honoré Retail, S.A., debidamente representada, en su calidad de única y actual accionista de la sociedad LUX DISTRIBUTION CHILE SpA, según Registro de Accionistas que he tenido a la vista, inscrita a fojas 66.333, número 32.391 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2019, en adelante la “Sociedad”, modificó los estatutos de la Sociedad, aumentando su capital desde de la cantidad actual de $4.988.936.909, dividido en 3.732.846 acciones ordinarias, de una sola serie, nominativas y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado, a la cantidad de $5.706.458.321, dividido en 3.944.063 acciones de iguales características a las actuales, esto es, en la cantidad de $717.521.412, mediante la emisión de 211.217 nuevas acciones de pago, ordinarias, de una sola serie, nominativas y sin valor nominal, las que fueron íntegramente suscritas y pagadas en el acto por Saint Honoré Retail, S.A. Como consecuencia de lo anterior, se reemplazó el Artículo Quinto de los estatutos de la Sociedad, relativo al capital social, por el siguiente: “Artículo Quinto: El capital de la sociedad es la cantidad de cinco mil setecientos seis millones cuatrocientos cincuenta y ocho mil trescientos veintiún pesos, dividido en tres millones novecientos cuarenta y cuatro mil sesenta y tres acciones ordinarias, de una sola serie, nominativas y sin valor nominal. Las acciones podrán pagarse en dinero o en otros bienes, y se han suscrito y pagado en la forma que establece el Artículo Primero Transitorio.”; y se sustituyó el texto del Artículo Primero Transitorio de los estatutos sociales, que no se extracta por no ser materia de este. En todo lo no modificado, rigen íntegramente los estatutos sociales de la Sociedad. Demás estipulaciones constan en escritura pública extractada. Santiago, 02 de septiembre 2024.