MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Inversiones Raco Limitada

RUT 76571180-0 CVE 2541561
Capital
$196.668 CLP
Fecha instrumento
28 de junio de 2024
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
28 de junio de 2024
Notario
PATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO
Oficio
Segunda Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$196.668 CLP
Duración
La duración de la Sociedad será de 20 años a contar de esta fecha, plazo que se prorrogará automática, tácita y sucesivamente por períodos iguales de 10 años, si ninguno de los socios expresa su voluntad de ponerle término mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio correspondiente, con no menos de 6 meses de anticipación al vencimiento del respectivo período

Objeto social

la prestación o ejecución, por cuenta propia o a través de terceros, de todo tipo de asesorías profesionales de carácter financiero, comerciales y económicas; comisiones, civiles o mercantiles, a personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, públicas o privadas. La realización de inversiones en toda clase de bienes, corporales e incorporales, muebles e inmuebles, para fines de inversión y)o renta. Para estos efectos la sociedad podrá adquirir y enajenar a cualquier título, bienes raíces y muebles, valores mobiliarios de toda clase, efectos de comercio, bonos, debentures, acciones y derechos en cualquier clase de sociedad. Adquirir, construir y enajenar todo tipo de bienes raíces, pudiendo explotarlos bajo la forma de compraventas, loteos, subdivisiones, urbanizaciones, enajenaciones de cualquier especie, arrendamientos y otros. Para el cumplimiento de su objeto la sociedad podrá efectuar estos actos por cuenta propia o ajena, pudiendo ser socia o accionista de otras sociedades y realizar toda clase de actos o contratos relacionados directa o indirectamente con los objetivos anteriores, sin perjuicio de cualquier otro objeto que los socios de consuno acuerden

Administración

El uso de la razón social y la administración de la Sociedad corresponderá a María Paola Corbella Soza, pudiendo actuar con las más amplias facultades según lo indicado en la escritura extractada. La falta del administrador por imposibilidad o incapacidad podrá ser suplida por Francisco Alejandro Corbella Soza y Antonio Marcelo Corbella Soza, quienes deberán actuar conjuntamente. La

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO, Abogado, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Santiago, con oficio en Avenida La Dehesa número 1201, local 101, comuna de Lo Barnechea, Santiago, Región Metropolitana, certifica que: por escritura pública de fecha 28 de junio de 2024, bajo el repertorio número 4725-2024, ante mí: (1) Antonio Marcelo Corbella Soza; (2) Francisco Alejandro Corbella Soza; y (3) María Paola Corbella Soza, todos domiciliados en Pedro de Valdivia N° 555, oficina 802, Providencia, Región Metropolitana (en adelante, los “Socios”), en su calidad de únicos y actuales socios de INVERSIONES RACO LIMITADA, rol único tributario número 76.571.180-0, inscrita a fojas 21.273, número 14.705 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2006 (en adelante, la “Sociedad”), acordaron lo siguiente: (A) dividir la Sociedad en dos sociedades de responsabilidad limitada, a saber, (1) la primera de ellas como continuadora legal que conservará la razón social “INVERSIONES RACO LIMITADA”, su rol único tributario, con capital reducido a $196.668 en razón de la división; y (2) la segunda que surge de la división tendrá por razón social “INVERSIONES RACO TRES LIMITADA” (en adelante, “Raco Tres Ltda.”), con el objeto y menciones que más adelante se expresan, y con un capital social de $803.332; (B) en virtud de la división de la Sociedad, se disminuye el capital social desde la suma inicial de $1.000.000 a la suma definitiva de $196.668, esto es, en la suma de $803.332, distribuido entre los Socios en las mismas proporciones en que participan en el capital social; (C) en virtud de lo anterior, los Socios acuerdan modificar el artículo quinto de los estatutos sociales por el siguiente texto: “QUINTO. CAPITAL: El capital de la sociedad es la suma de $196.668, que los socios han enterado y pagado con anterioridad a esta fecha en la siguiente forma: i) María Paola Corbella Soza aportó la suma de $192.734, equivalente al 98% aproximado de los derechos sociales; y ii) Francisco Alejandro Corbella Soza aportó la suma de $1.967, equivalente al 1% aproximado de los derechos sociales; y iii) Antonio Marcelo Corbella Soza, aportó la suma de $1.967, equivalente al 1% aproximado de los derechos sociales.” (D) fijar los estatutos sociales de la nueva sociedad Raco Tres Ltda. de los cuales se extracta lo siguiente: Razón Social: La razón social será “INVERSIONES RACO TRES LIMITADA”, y su nombre de fantasía será “RACO TRES LTDA.”.- Duración: La duración de la Sociedad será de 20 años a contar de esta fecha, plazo que se prorrogará automática, tácita y sucesivamente por períodos iguales de 10 años, si ninguno de los socios expresa su voluntad de ponerle término mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio correspondiente, con no menos de 6 meses de anticipación al vencimiento del respectivo período.- Objeto: la prestación o ejecución, por cuenta propia o a través de terceros, de todo tipo de asesorías profesionales de carácter financiero, comerciales y económicas; comisiones, civiles o mercantiles, a personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, públicas o privadas. La realización de inversiones en toda clase de bienes, corporales e incorporales, muebles e inmuebles, para fines de inversión y/o renta. Para estos efectos la sociedad podrá adquirir y enajenar a cualquier título, bienes raíces y muebles, valores mobiliarios de toda clase, efectos de comercio, bonos, debentures, acciones y derechos en cualquier clase de sociedad. Adquirir, construir y enajenar todo tipo de bienes raíces, pudiendo explotarlos bajo la forma de compraventas, loteos, subdivisiones, urbanizaciones, enajenaciones de cualquier especie, arrendamientos y otros. Para el cumplimiento de su objeto la sociedad podrá efectuar estos actos por cuenta propia o ajena, pudiendo ser socia o accionista de otras sociedades y realizar toda clase de actos o contratos relacionados directa o indirectamente con los objetivos anteriores, sin perjuicio de cualquier otro objeto que los socios de consuno acuerden.- Capital: El capital social asciende a la suma de $803.332, íntegramente pagado y enterado por los socios en las arcas sociales en la siguiente forma y proporción: /Uno/ María Paola Corbella Soza aporta la suma de $787.266, equivalente al noventa y ocho por ciento aproximado de los derechos sociales; /Dos/ Francisco Alejandro Corbella Soza aporta la suma de $8.033, equivalente al uno por ciento aproximado de los derechos sociales; y /Tres/ Antonio Marcelo Corbella Soza aporta la suma de $8.033, equivalente al uno por ciento aproximado de los derechos sociales.- Administración: El uso de la razón social y la administración de la Sociedad corresponderá a María Paola Corbella Soza, pudiendo actuar con las más amplias facultades según lo indicado en la escritura extractada. La falta del administrador por imposibilidad o incapacidad podrá ser suplida por Francisco Alejandro Corbella Soza y Antonio Marcelo Corbella Soza, quienes deberán actuar conjuntamente. La responsabilidad de los socios queda limitada hasta el monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 16 de agosto de 2024.