CAMGHT SpA
Instrumento
- Fecha
- 19 de agosto de 2024
- Repertorio
- 57323-2024
- Notario
- CLAUDIA MARCELA GOMEZ LUCARES
- Oficio
- Quincuagésima Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCLAUDIA MARCELA GOMEZ LUCARES, Abogado, Notario Público de la Quincuagésima Notaría de Santiago, con oficio en Teatinos N° 371, oficina 113, Santiago, certifico: Por escritura pública de fecha 19/08/2024, bajo el repertorio N° 57.323-2024, ante mí, don BERNARDO PASCUAL CAMOUSSEIGHT INOSTROZA, chileno, viudo, empresario, cédula de identidad número cinco millones veintinueve mil trescientos ocho guion cuatro, domiciliada en Avenida Las Rejas Norte trescientos veintiocho, Comuna de Lo Prado, Región Metropolitana, modifica la sociedad “CAMGHT SpA”, rol único tributario número setenta y siete millones novecientos veintitrés mil setecientos siete guion nueve, que fue constituida por escritura pública de fecha cuatro de julio de dos mil veinticuatro, Repertorio N° cuarenta y cinco mil novecientos cuarenta y ocho, otorgada en la 50° Notaría de Santiago de doña Claudia Marcela Gómez Lucares, publicada en el diario oficial Número Cuarenta y tres mil novecientos dos de fecha dieciocho de julio del año dos mil veinticuatro; y cuyo extracto fue inscrito a Fojas trescientos cincuenta y nueve Número ciento cuarenta y cuatro en el Registro de Comercio del Conservador de Coquimbo del año dos mil veinticuatro; en el sentido de: i) Aumentar el capital desde la suma ochenta y cuatro millones treinta y un mil ochocientos pesos, dividido en cien acciones ordinarias, nominativas, de una única serie y sin valor nominal, a la cantidad de ochenta y cuatro millones ochocientos setenta y dos mil ciento dieciocho pesos, dividido en ciento una acciones de iguales características; capital suscrito y pagado según consta en escritura extractada ii) modificar el artículo quinto y el artículo primero transitorio de los estatutos, los que pasan a ser reemplazados íntegramente por los siguientes: “ARTICULO QUINTO. El capital de la sociedad es la suma de ochenta y cuatro millones ochocientos setenta y dos mil ciento dieciocho pesos, dividido en ciento una acciones nominativas, sin valor nominal, todas de una misma serie y de igual valor, que se suscriben y pagan en la forma indicada en los artículos transitorios.”; ” ARTICULO PRIMERO TRANSITORIO: Las acciones en las que se encuentra dividido el capital se suscriben, enteran y pagan por el accionista constituyente con el aporte en dinero en efectivo por la cantidad de ochocientos cuarenta mil trescientos dieciséis pesos provenientes de su actividad como Empresario Individual y con el aporte en dominio de los siguientes bienes”. Demás estipulaciones en escritura extractada. En tod o lo no modificado por la presente escritura continúan vigentes las estipulaciones del Pacto Social. Santiago, 26/08/2024.