SOCIEDAD DE INVERSIÓN CAAMAÑO Y BERTHELOT LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 22 de agosto de 2024
- Notario
- RAIMUNDO WOOD ESPINOZA
- Oficio
- Sexta Notaria de Puente Alto
- Comuna
- Puente Alto
Sociedad
- Capital
- $61.667.146 CLP
- Duración
- La sociedad comenzará a regir a contar de la fecha de la presente escritura y tendrá una duración de 5 años contados desde la fecha de la presente escritura, y se entenderá prorrogable tácita y sucesivamente por períodos de 5 año cada uno, salvo que alguno de los socios manifestare voluntad de ponerle término con, a lo menos, 6 meses de anticipación al vencimiento respectivo, mediante escritura pública que se subinscribirá al margen de la inscripción social
Objeto social
El objeto social de la sociedad será: a) la adquisición, enajenación y explotación de toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; b) la compraventa, consignación, permuta, distribución, importación, exportación y arrendamiento —con o sin opción de compra— de automóviles, camiones, camionetas, furgones, acoplados, carros, motores, motocicletas, y toda clase de vehículos terrestres o acuáticos, maquinaria, máquinas herramientas y móviles; c) la inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, en toda clase de títulos o valores mobiliarios y cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones, pudiendo formar parte en otras sociedades, modificarlas y asumir la administración de estas; d) la compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquiera clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes; e) y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden
Administración
La representación y administración de la sociedad y el uso de su razón social corresponderá Doña BELÉN ANDREA CAAMAÑO LIRA que, anteponiendo a su firma la razón social, obligará a la sociedad en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario con las más amplias facultades
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRAIMUNDO WOOD ESPINOZA, abogado, Notario Público Titular de la Sexta Notaria de Puente Alto, con oficio en calle Sergio Roubillard N°66, comuna de Puente Alto, Región Metropolitana, certifica que por Escritura Pública, de fecha 22-08-2024, otorgada ante Mi, doña BELÉN ANDREA CAAMAÑO LIRA, y don DAVID ELÍAS BERTHELOT TAMAYO, ambos con domicilio en La Hondonada 8409, comuna de Cerro Navia, Región Metropolitana, constituyeron Sociedad de Responsabilidad Limitada, conforme extracto: cuya Razón social: El nombre o razón social será “SOCIEDAD DE INVERSIÓN CAAMAÑO Y BERTHELOT LIMITADA”, pudiendo usar y actuar ante toda clase de personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, incluso bancos comerciales, con la abreviación o nombre de fantasía de "CAAMAÑO Y BERTHELOT Ltda.". Objeto: El objeto social de la sociedad será: a) la adquisición, enajenación y explotación de toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; b) la compraventa, consignación, permuta, distribución, importación, exportación y arrendamiento —con o sin opción de compra— de automóviles, camiones, camionetas, furgones, acoplados, carros, motores, motocicletas, y toda clase de vehículos terrestres o acuáticos, maquinaria, máquinas herramientas y móviles; c) la inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, en toda clase de títulos o valores mobiliarios y cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones, pudiendo formar parte en otras sociedades, modificarlas y asumir la administración de estas; d) la compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquiera clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes; e) y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. Administración: La representación y administración de la sociedad y el uso de su razón social corresponderá Doña BELÉN ANDREA CAAMAÑO LIRA que, anteponiendo a su firma la razón social, obligará a la sociedad en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario con las más amplias facultades. Capital Social: El capital social, ascendente a la suma de $61.667.146.-, que los socios aportan y pagan en las siguientes proporciones: a) Doña BELÉN ANDREA CAAMAÑO LIRA, la cantidad de $61.567.146.-, que corresponde al 99,84% del capital social, que se paga mediante el aporte en dominio de los siguientes bienes: 1) Vehículo motorizado tipo Station Wagon marca GAC, modelo GS cuatro TM uno punto tres, placa patente P Y F X cincuenta y uno, año dos mi veintiuno, número de motor F nueve siete nueve dos siete nueve, número de chasis L M G A A uno tres cinco cinco M uno tres seis siete seis dos nueve, color blanco, combustible gasolina y Peso Bruto Vehicular mil cuatrocientos cincuenta kilos, que los socios de “SOCIEDAD DE INVERSIÓN CAAMAÑO Y BERTHELOT LIMITADA” acuerdan unánimemente valorizar en la suma de $6.893.880.- 2) Bien inmueble ubicado en Pasaje Las Loicas número mil cuarenta y ocho, que corresponde al lote número cuatrocientos sesenta y nueve del Plano de la población Cisterna I, comuna de El Bosque. Los deslindes del inmueble son: al Norte, lote cuatrocientos sesenta; al Sur, Pasaje Las Loicas; al Oriente, lote cuatrocientos sesenta y ocho; y al Poniente, lote cuatrocientos setenta. La propiedad rola inscrita a fojas cinco mil cuatrocientos sesenta y ocho vuelta, número cinco mil ciento cinco, del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de San Miguel, del año dos mil dieciocho. El Rol de Avalúo del inmueble es el número cinco mil quinientos treinta y uno guion dieciséis. Los que los socios de “SOCIEDAD DE INVERSIÓN CAAMAÑO Y BERTHELOT LIMITADA” acuerdan unánimemente valorizar en la suma de $32.980.082.- 3) Acciones y derechos equivalentes al cincuenta por ciento en el inmueble ubicado en la comuna de Puente Alto, provincia Cordillera, consistente en el LOTE doscientos diecisiete guion uno, proveniente de la subdivisión de la propiedad de calle Los Espinos sin número, que corresponde al sitio doscientos diecisiete, de la manzana N, del plano de loteo de los terrenos de la Sociedad Cooperativa de Viviendas Casas Viejas Limitada, que según plano archivado bajo el número doscientos veintiuno del año dos mil cuatro, se encuentra enmarcado en el polígono A guion E guion F guion D guion A. Los deslindes del inmueble son: Norte, en tramo D guion A de cuarenta y nueve coma cero cero metros con lote doscientos dieciséis; Sur, en tramo E guion F de cuarenta y nueve coma cero cero metros con lote doscientos diecisiete guion dos; Oriente, en tramo A guion E de ocho coma cero cero metros con lote doscientos veintisiete; y Poniente, en tramo D guion F de ocho coma cero cero metros con calle Los Espinos. El Rol de Avalúo del inmueble es el número cuatro mil quinientos sesenta y tres guion veinticinco. Los que los socios de “SOCIEDAD DE INVERSIÓN CAAMAÑO Y BERTHELOT LIMITADA” acuerdan unánimemente valorizar las acciones y derechos sobre el inmueble en la suma de $21.693.184.- b) Don DAVID ELÍAS BERTHELOT TAMAYO, la cantidad de $100.000.-, que corresponde al 0,16% del capital social, que paga de contado en este acto y en dinero efectivo. De esta forma, el capital social ha quedado íntegramente aportado y pagado por los comparecientes e ingresado a caja social. Duración: La sociedad comenzará a regir a contar de la fecha de la presente escritura y tendrá una duración de 5 años contados desde la fecha de la presente escritura, y se entenderá prorrogable tácita y sucesivamente por períodos de 5 año cada uno, salvo que alguno de los socios manifestare voluntad de ponerle término con, a lo menos, 6 meses de anticipación al vencimiento respectivo, mediante escritura pública que se subinscribirá al margen de la inscripción social. Demás estipulaciones en escritura extractada. Puente Alto, 27 de agosto de 2024.