MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD COMERCIAL Y DE TRANSPORTES ELSIFON LIMITADA

RUT 78099530-0 CVE 2541473
Capital
$6.000.000 CLP
Fecha instrumento
16 de agosto de 2024

Instrumento

Fecha
16 de agosto de 2024
Notario
MARICARMEN GARRIDO IRACHETA
Domicilio
Quillota

Sociedad

Capital
$6.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARICARMEN GARRIDO IRACHETA, Notario Público de Quillota, Suplente del titular Julio Jorge Abuyeres Jadue, con domicilio en calle Pudeto N°398, Quillota, certifica que por escritura pública de fecha 16 de agosto de 2024, ante mí, LUCAS ALEJANDRO ARREDONDO PEREZ, domiciliado en calle Baquedano Nº1401, Paradero Siete, Quillota; MARIA TERESA BAHAMONDEZ CUBILLOS, domiciliada en calle Baquedano Nº1401, Paradero Siete, Quillota; don SEBASTIAN ENRIQUE ARREDONDO BAHAMONDEZ, domiciliado en Villa Las Palmas de La Cruz, Pasaje Volcán Chaitén Nº15, La Cruz, y BARBARA ALEJANDRA ARREDONDO BAHAMONDEZ, domiciliada en Baquedano Nº1401, Paradero Siete, Quillota, modificaron SOCIEDAD COMERCIAL Y DE TRANSPORTES ELSIFON LIMITADA, también Elsifon Ltda., Rut 78.099.530-0, con un capital de $6.000.000, constituida escritura pública ante el Notario de Quillota, don Miguel Varas Espejo, el 19 de Abril de 1991, inscrita a fojas 42 Nº37 del Registro de Comercio de 1991 del Conservador de Comercio de Quillota, modificada por escritura de fecha 15 de Febrero de 2021, ante el Notario Javier Abuyeres Martínez, suplente del titular Julio Abuyeres Jadue, inscrita a fojas 83 N°51 del Registro de Comercio del año 2021, en el siguiente sentido: LUCAS ALEJANDRO ARREDONDO PEREZ, vende, cede y transfiere el total de sus acciones a SEBASTIAN ENRIQUE ARREDONDO BAHAMONDEZ y BARBARA ALEJANDRA ARREDONDO BAHAMONDEZ, en iguales partes en $6.000.000.- pagadero en forma indicada escritura. En virtud de la cesión quedan como únicos socios, MARIA TERESA BAHAMONDEZ CUBILLOS, con un 33,33333%, SEBASTIAN ENRIQUE ARREDONDO BAHAMONDEZ, con un 33,33333% y BARBARA ALEJANDRA ARREDONDO BAHAMONDEZ, con un 33,33333%. Modifican: A) cláusula primera: PRIMERO.- Por el presente instrumento doña MARIA TERESA BAHAMONDEZ CUBILLOS, don SEBASTIAN ENRIQUE ARREDONDO BAHAMONDEZ y doña BARBARA ALEJANDRA ARREDONDO BAHAMONDEZ forman una sociedad comercial de responsabilidad limitada que se regirá por las disposiciones de la ley tres mil novecientos dieciocho de fecha catorce de Marzo de mil novecientos veintitrés y sus posteriores modificaciones, tendiendo además presente las disposiciones del Código Civil y del Código de Comercio que versan sobre la materia, en todo lo que no se consigna en los estatutos siguientes; B) se reemplaza parte de la cláusula TERCERA por la siguiente: La administración y el uso de la razón social corresponderá a doña MARIA TERESA BAHAMONDEZ CUBILLOS y a don SEBASTIAN ENRIQUE ARREDONDO BAHAMONDEZ, quienes actuando conjuntamente o separadamente por la sociedad y anteponiendo a la razón social su firma la representarán con las más amplias facultades administrativas pudiendo realizar toda clase de actos jurídicos, como también actos y contratos conforme al tenor de lo señalado en la cláusula tercera, la que se da por íntegramente reproducida.- C) se reemplaza la cláusula cuarta por la siguiente: CUARTO.- El capital de la sociedad será la cantidad de SEIS MILLONES DE PESOS, aportados a razón de DOS MILLONES DE PESOS por la socia María Teresa Bahamondez Cubillos; DOS MILLONES DE PESOS por el socio Sebastián Enrique Arredondo Bahamondez y DOS MILLONES DE PESOS por la socia Bárbara Alejandra Arredondo Bahamondez, todas estas cantidades ya ingresadas en su totalidad en arcas sociales.- En lo no modificado continúa vigente pacto social.- Demás estipulaciones, escritura extractada.- Quillota, 31 de agosto de 2024.