SERVICIOS PROFESIONALES JARRY IP LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 23 de julio de 2024
- Repertorio
- 18684-2024
- Notario
- ÁLVARO GONZÁLEZ SALINAS
- Oficio
- 42° Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $500.000 CLP
Objeto social
“El objeto único y exclusivo de la sociedad será la prestación de servicios de consultoría y asesorías profesionales en materia de creación, desarrollo y protección de propiedad intelectual, propiedad industrial y en materias legales” y; 4) Se modifica la administración en el siguiente sentido: administración, representación y
Administración
Corresponderá, individual, separada e indistintamente a Allan Jarry Flores y a Luis Felipe John Barriga Phillips, con las más amplias facultades.- En lo no modificado permanecen vigentes las
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalÁLVARO GONZÁLEZ SALINAS, chileno, abogado, Notario Público Titular de la 42° Notaria de Santiago, con oficio en Avenida Apoquindo 3001, piso 2, Las Condes, certifico, que: por escritura pública de fecha 23 de julio de 2024, repertorio N° 18.684 -2024, otorgada ante Notario Suplente don Nelson Patricio Carvallo Santa María, Rafael Mery Nieto, Allan Jarry Flores, don Luis Felipe John Barriga Phillips y María Magdalena Barros Arteaga, todos domiciliados en Isidora Goyenechea 3250 oficina 301, Las Condes, modificaron “SERVICIOS PROFESIONALES JARRY IP LIMITADA”, constituida por escritura pública de fecha 23 de enero de 2023, otorgada en la notaría de Santiago de don Álvaro González Salinas e inscrita a fojas 8.319 Número 4.033 año 2023 Conservador de Santiago; de lo que extracto lo siguiente: 1) Cesiones de derechos: i) Rafael Mery Nieto vende, cede y transfiere a Luis Felipe John Barriga Phillips, quien compra, acepta y adquiere el 30% de los derechos sociales y; ii) Rafael Mery Nieto vende, cede y transfiere a María Magdalena Barros Arteaga, quien compra, acepta y adquiere el 20% de los derechos sociales. Producto de lo anterior, se retira con el consentimiento de la totalidad de los socios Rafael Mery Nieto e ingresan Luis Felipe John Barriga Phillips y María Magdalena Barros Arteaga. 2) Producto de lo anterior se modifica la cláusula de capital la que queda en el siguiente tenor: Capital: “El capital de la sociedad es la suma de $500.000, totalmente pagado y aportado por los socios en la siguiente forma y proporción: (a) Allan Jarry Flores la cantidad de $250.000, equivalentes a un 50% de los derechos sociales; (b) Luis Felipe John Barriga Phillips, la cantidad de $150.000, equivalentes a un 30% de los derechos sociales; y (c) María Magdalena Barros Arteaga, la cantidad de $100.000, equivalentes a un 20% de los derechos sociales”; 3) Se modifica objeto social, el que queda: Objeto: “El objeto único y exclusivo de la sociedad será la prestación de servicios de consultoría y asesorías profesionales en materia de creación, desarrollo y protección de propiedad intelectual, propiedad industrial y en materias legales” y; 4) Se modifica la administración en el siguiente sentido: administración, representación y uso de la razón social. Corresponderá, individual, separada e indistintamente a Allan Jarry Flores y a Luis Felipe John Barriga Phillips, con las más amplias facultades.- En lo no modificado permanecen vigentes las demás estipulaciones del pacto social. Otras estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 28 de agosto de 2024.