CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

PIBAL INGENIEROS CONSULTORES LIMITADA

CVE 2541296
Capital
$10.000 CLP
Fecha instrumento
19 de agosto de 2024
Notaría
Viña del Mar
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
19 de agosto de 2024
Notario
ORLANDO ESTEBAN CERDA SILVA
Oficio
Séptima Notaría de Viña del Mar
Comuna
Viña del Mar

Sociedad

Capital
$10.000 CLP
Domicilio
Viña del Mar
Duración
diez años contados desde la fecha de la escritura, plazo que se entenderá tácita y automáticamente prorrogado por períodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno, a menos que cualquiera de los socios expresare su voluntad de ponerle término o manifieste que la prórroga no opere, mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción primitiva de la sociedad, con seis meses de anticipación a la fecha de vencimiento de la vigencia estipulada para la sociedad o la prórroga de ésta. 6) Administración y Uso

Objeto social

a) la prestación de servicios de estudios, proyectos, inspecciones y asesorías en Ingeniería Civil o Construcción de Obras con entidades privadas o públicas nacionales o extranjeras en todo el territorio nacional; y b) cualquier otra actividad relacionada directa o indirectamente con el giro que los socios acordaren relacionados directa o indirectamente con el

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

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ORLANDO ESTEBAN CERDA SILVA, Abogado, Notario Público Séptima Notaría de Viña del Mar, con oficio en 12 Norte 785, Primer Piso, Local Dos, CERTIFICO: Que por escritura pública de fecha 19-08-2024, ante mí, doña CATALINA ANDREA PINTO ORELLANA, domiciliada en calle Anélida número trescientos cinco, comuna de Viña del Mar; don IGNACIO ANDRÉS IBACACHE ALVARADO, domiciliado en avenida Laguna Curauma número quinientos noventa y uno, comuna de Valparaíso; y doña LIGIA AMIRA ALVARADO MARÍN, domiciliada en avenida Laguna Curauma número quinientos noventa y uno, comuna de Valparaíso, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada: 1) Razón Social: "PIBAL INGENIEROS CONSULTORES LIMITADA", pudiendo usar para todos los fines el nombre de fantasía “PIBAL LTDA”. 2) Objeto: a) la prestación de servicios de estudios, proyectos, inspecciones y asesorías en Ingeniería Civil o Construcción de Obras con entidades privadas o públicas nacionales o extranjeras en todo el territorio nacional; y b) cualquier otra actividad relacionada directa o indirectamente con el giro que los socios acordaren relacionados directa o indirectamente con el objeto social. 3) Capital: $10.000.000 que los socios aportan y enteran en el acto, de la siguiente forma: a) doña Catalina Andrea Pinto Orellana aporta el 40% del capital social, esto es, la suma de $4.000.000, que entera y paga en el acto, al contado y en dinero efectivo, ingresando en arcas sociales; b) don Ignacio Andrés Ibacache Alvarado aporta el 10% del capital social, esto es, la suma de $1.000.000, que entera y paga en el acto, al contado y en dinero efectivo, ingresando en arcas sociales; y c) doña Ligia Amira Alvarado Marín aporta el 50% del capital social, esto es, la suma de $5.000.000, que entera y paga en el acto, al contado y en dinero efectivo, ingresando en arcas sociales. De esta forma, el capital social ha quedado íntegramente pagado y enterado. 4) Domicilio: Viña del Mar, sin perjuicio de las agencias, representaciones o sucursales que se establezcan en otros puntos del territorio nacional o del extranjero. 5) Duración: diez años contados desde la fecha de la escritura, plazo que se entenderá tácita y automáticamente prorrogado por períodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno, a menos que cualquiera de los socios expresare su voluntad de ponerle término o manifieste que la prórroga no opere, mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción primitiva de la sociedad, con seis meses de anticipación a la fecha de vencimiento de la vigencia estipulada para la sociedad o la prórroga de ésta. 6) Administración y Uso Razón Social: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá indistintamente a doña Catalina Andrea Pinto Orellana o a doña Ligia Amira Alvarado Marín, quienes anteponiendo la razón social a su firma, obligarán y representarán a la sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, señaladas en la escritura extractada. 7) Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Se facultó al portador de copia autorizada para legalización.- Viña del Mar, 27 de agosto de 2024.