MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Inversiones Degoy Limitada

RUT 76350195-7 CVE 2540906
Capital
$10.000.000 CLP
Fecha instrumento
23 de agosto de 2024
Notaría
Santiago de

Instrumento

Fecha
23 de agosto de 2024
Repertorio
6344-2024
Notario
Notario Suplente de don PATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO
Oficio
2° Notaría de Santiago con asiento en la comuna de Lo Barnechea
Comuna
Santiago de

Sociedad

Capital
$10.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ROSE MARIE MUÑOZ ÁLVAREZ, Abogado, Notario Suplente de don PATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO, Abogado, Notario Público Titular de la 2° Notaría de Santiago con asiento en la comuna de Lo Barnechea, con domicilio en Avenida La Dehesa N°1.201, local 101, certifico que, por escritura pública de 23 de agosto de 2024, de repertorio N°6344-2024, ante mí, JUAN SEBASTIÁN DE CARCER PRADO; MANUELA DEL ROSARIO GOYCOOLEA MONTT por sí y en representación de MANUELA TERESA DE CARCER GOYCOOLEA; SEBASTIÁN DE CARCER GOYCOOLEA; ANTONIETA DE CARCER GOYCOOLEA; y, PABLO DE CARCER GOYCOOLEA, todos domiciliados para estos efectos en calle Agustín del Castillo N°2.330, departamento 202, comuna de Vitacura, Región Metropolitana. Los comparecientes en su calidad de únicos y actuales socios de “INVERSIONES DEGOY LIMITADA”, RUT N°76.350.195-7, cuyo extracto fue inscrito a fojas 90.084 N°58.749 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago de 2013, acordaron modificar la sociedad como consecuencia que: a) Juan Sebastián de Carcer Prado donó el usufructo vitalicio sobre el 25% del total de los derechos sociales en partes iguales a sus hijos Manuela Teresa de Carcer Goycoolea, Sebastián de Carcer Goycoolea; Antonieta de Carcer Goycoolea; Pablo de Carcer Goycoolea, esto es, el 6,25% a cada uno. La donación se efectuó por escritura pública otorgada el 22 de agosto de 2024, en la Notaría de Santiago de Patricio Guillermo Corominas Mellado, repertorio N°6318-2024; y, b) Manuela del Rosario Goycoolea Montt donó el usufructo vitalicio sobre el 25% del total de los derechos sociales en partes iguales a sus hijos Manuela Teresa de Carcer Goycoolea, Sebastián de Carcer Goycoolea; Antonieta de Carcer Goycoolea; y, Pablo de Carcer Goycoolea, esto es, el 6,25% a cada uno La donación se efectuó por escritura pública otorgada el 22 de agosto de 2024, en la Notaría de Santiago de Patricio Guillermo Corominas Mellado, repertorio N°6317-2024. Como consecuencia de lo anterior, los actuales y únicos socios de “Inversiones Degoy Limitada”, acordaron sustituir el artículo quinto de los estatutos sociales relativo al capital, por el siguiente: “ARTICULO QUINTO: DEL CAPITAL SOCIAL: El capital de la sociedad es la suma de $10.000.000, que los socios han enterado y pagado de la siguiente manera: a) Juan Sebastián de Carcer Prado, aportó la suma de $500.000, equivalente al 5% del total del interés social; b) Manuela del Rosario Goycoolea Montt, aportó la suma de $500.000, equivalente al 5% del total del interés social; c) Manuela Teresa de Carcer Goycoolea, aportó la suma de $2.250.000, equivalente al 22,5% del total del interés social; d) Sebastián de Carcer Goycoolea, aportó la suma de $2.250.000, equivalente al 22,5% del total del interés social; e) Antonieta de Carcer Goycoolea, aportó la suma de $2.250.000, equivalente al 22,5% del total del interés social; y, f) Pablo de Carcer Goycoolea, aportó la suma de $2.250.000, equivalente al 22,5% del total del interés social. El capital se encuentra íntegramente pagado en dinero efectivo.”. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 27 de agosto de 2024.