MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

COMERCIAL ZAMCO SpA

RUT 76123696-2 CVE 2541189
Capital
$3.000.000 CLP
Fecha instrumento
18 de noviembre de 2010
Notaría
Iquique

Instrumento

Fecha
18 de noviembre de 2010
Repertorio
2528-2010
Notario
DARIO EMIGDIO CHACON VICENTELO
Oficio
5ta. Notaría de Iquique
Comuna
Iquique

Sociedad

Capital
$3.000.000 CLP

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
COMERCIAL ZAMCO SpA o ZAMCO SpA socio 76123696-2

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

DARIO EMIGDIO CHACON VICENTELO, Abogado, Notario Público Titular de la 5ta. Notaría de Iquique, con oficio en calle Baquedano N°702, certifico: que por escritura pública del 27/AGOSTO/2024, otorgada ante mí: GLORIA ANDREA ZAMBRA COLQUE, ingeniera civil industrial, domiciliada en Av. Arturo Prat N°353, Departamento 1708, Iquique, Modifica sociedad: COMERCIAL ZAMCO SpA o ZAMCO SpA, RUT N°76.123.696-2, constituida por escritura pública de fecha 18/11/2010, ante Notario Público Iquique Patricio Torres Velozo, Suplente de Titular Sergio Yaber Simón, repertorio N°2.528-2010, la cual se encuentra inscrita a fojas 1.630 vta., bajo el N°1494 Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Iquique del año 2010, y publicada en el Diario Oficial con 30/11/2010. Modificaciones consisten: La compareciente, modifica el artículo 5° de los estatutos de la sociedad, respecto del número de acciones en que se divide el capital social, quedando de la siguiente manera: “ARTÍCULO QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de $3.000.000.-, dividido en 100 acciones nominativas, de una misma serie, sin valor nominal, que se entera y paga como se señala en las disposiciones transitorias del presente estatuto. Las acciones podrán ser emitidas sin imprimir láminas físicas de los títulos, bastando con su inscripción en el Registro de Accionistas. El Administrador o Gerente General de la sociedad emitirá certificados, debidamente firmados por él y a requerimiento de los accionistas, que den cuenta del número de acciones de la cual es titular cada uno de ellos, especificando las acciones pagadas y no pagadas en su caso. A cada acción le corresponderá un voto. Los accionistas sólo serán responsables hasta el monto de sus respectivos aportes en la sociedad.” Y además la compareciente, agrega un título a los estatutos de la sociedad relacionado a pactos de accionistas, denominado “TITULO VIII.- PACTOS DE ACCIONISTAS. ARTÍCULO VIGESIMOSEPTIMO: “TRANSFERENCIA DE ACCIONES”. En lo no modificado se mantiene vigente estatuto social original. Otras estipulaciones en escritura extractada. IQUIQUE, 30 de agosto de 2024.