Instrumento
- Fecha
- 9 de agosto de 2024
- Notario
- R. ALFREDO MARTIN ILLANES
- Oficio
- Décimo Quinta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $4.000.000 CLP
- Domicilio
- La ciudad de Curicó
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la sociedad será: A) La realización de actividades agrícolas en todas sus formas, incluyendo, pero no limitándose a, la producción, cultivo, cosecha, compra, venta, exportación e importación de productos agrícolas, hortícolas y frutícolas, B) La administración y explotación de terrenos rurales, C) La realización de actividades agroindustriales, D) La adquisición, compra, venta, enajenación, comercialización, explotación, administración, corretaje, arriendo y subarriendo, loteo, urbanización, subdivisión y construcción de todo tipo de bienes inmuebles urbanos o rurales, ya sean propios o ajenos, por cuenta propia o de terceros; E) La realización de toda clase de inversiones en bienes raíces, muebles, títulos de crédito, acciones, instrumentos financieros, derechos en sociedades de personas y valores; y ejecutar toda clase de actos de comercio y actividades que se relacionen con el fin indicado y todos los demás actos que los socios acuerden y que permitan el desarrollo del giro social. La sociedad podrá realizar su objeto social tanto en el ámbito nacional como en el extranjero, y podrá establecer sucursales, agencias y oficinas en cualquier parte del territorio de la República de Chile o en el extranjero
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalR. ALFREDO MARTIN ILLANES, Notario Público Titular de la Décimo Quinta Notaría de Santiago, con oficio en calle Mardoqueo Fernández N° 201, locales 101 y 102, Providencia, certifico: Por escritura pública Repertorio Nº Nº 3737-2024, otorgada ante mi Suplente don Francisco Rubén Rojas Arriagada, con fecha 9 de agosto de 2024: NICOLÁS ANDRÉS ESPINOSA ECHAZARRETA, chileno, casado, ingeniero comercial, C.I.Nº 19.689.976-6, con domicilio en La Rinconada 925, departamento 1103 comuna de Huechuraba, Región Metropolitana, constituyó sociedad por acciones, bajo la razón social: “Agrícola EyE SpA” pudiendo utilizar también, como nombre de fantasía “EyE SpA”. Objeto social: El objeto de la sociedad será: A) La realización de actividades agrícolas en todas sus formas, incluyendo, pero no limitándose a, la producción, cultivo, cosecha, compra, venta, exportación e importación de productos agrícolas, hortícolas y frutícolas, B) La administración y explotación de terrenos rurales, C) La realización de actividades agroindustriales, D) La adquisición, compra, venta, enajenación, comercialización, explotación, administración, corretaje, arriendo y subarriendo, loteo, urbanización, subdivisión y construcción de todo tipo de bienes inmuebles urbanos o rurales, ya sean propios o ajenos, por cuenta propia o de terceros; E) La realización de toda clase de inversiones en bienes raíces, muebles, títulos de crédito, acciones, instrumentos financieros, derechos en sociedades de personas y valores; y ejecutar toda clase de actos de comercio y actividades que se relacionen con el fin indicado y todos los demás actos que los socios acuerden y que permitan el desarrollo del giro social. La sociedad podrá realizar su objeto social tanto en el ámbito nacional como en el extranjero, y podrá establecer sucursales, agencias y oficinas en cualquier parte del territorio de la República de Chile o en el extranjero. Domicilio: La ciudad de Curicó, sin perjuicio de establecer oficinas, filiales, agencias o sucursales en otros lugares dentro o fuera del país. Capital: $4.000.000, dividido en 1.000 acciones nominativas, todas de una misma serie y de igual valor y sin valor nominal, se enteró y pagó de la siguiente forma: don Nicolás Andrés Espinosa Echazarreta, suscribió 1.000 acciones emitidas, al precio de $4.000 cada una, equivalente a la suma de $4.000.000, que pagó al contado y en dinero efectivo, ingresándola a la caja social conforme se expresa en el Artículo Primero Transitorio de la escritura de constitución. Duración: Indefinida. Demás estipulaciones del pacto social constan en escritura extractada. Santiago, 26 de agosto de 2024.