Mario Vernal y Cia., Limitada
Instrumento
- Fecha
- 9 de enero de 1996
- Notario
- DENISE PAOLA FAJARDO FAJARDO
- Oficio
- Sexta Notaria de Antofagasta Suplente del Titular don FRANCISCO ARMANDO MARTINEZ TORRES
Sociedad
- Capital
- $2.000.000 CLP
Referencias (2)
- do publicacion DO N° 39542 del 22 de diciembre de 2009
- do publicacion DO N° 40646 del 29 de agosto de 2013
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalDENISE PAOLA FAJARDO FAJARDO, Notario Público de la Sexta Notaria de Antofagasta Suplente del Titular don FRANCISCO ARMANDO MARTINEZ TORRES, Prat 470, Oficina 3, certifica: Por escritura pública, ante mí, don MARIO ANTONIO VERNAL DUARTE, chileno, casado, Ingeniero Civil Industrial, cédula nacional de identidad N°6.577.954-4, domiciliado en pasaje Cunco N°965, en la ciudad de Antofagasta; doña FRESIA JULIA VERNAL DUARTE, chilena, casada bajo el régimen de separación total de bienes, labores de casa, cédula nacional de identidad N°6.474.688.-K, domiciliada en Huellelhue N°840, en la ciudad de Antofagasta, disolvieron sociedad comercial de responsabilidad limitada denominada “Mario Vernal y Cia., Limitada”, rol único tributario N°78.808.170-7, constituida por escritura pública de fecha 09 de enero del año 1996, Notaría de doña Elvira Mary Brady Roche, de Antofagasta, extracto publicado en el diario oficial N°35.391 con fecha 13 de febrero de 1996, inscrita a fojas 106 vuelta número 80, Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces Antofagasta del año 1996; modificada: Uno) por escritura pública fecha 18 de diciembre de 2009, Notaría de doña María Soledad Lascar Merino, de Antofagasta, extracto inscrito a fojas 1896 vuelta, número 1417, Registro de Comercio de Antofagasta, año 2009, y publicado en el agosto de 2013, Notaría de doña María Soledad Lascar Merino, de Antofagasta, extracto inscrito a fojas 2815, número 1816, Registro de Comercio de Antofagasta, año 2013, y publicado en el de inscripción de la presente escritura y de su correspondiente anotación al margen de la escritura social. Declarando los comparecientes que no existe cargo alguno que formular a la administración de la referida sociedad y que la sociedad carece de bienes y que tampoco tienes deudas, por lo cual no se procederá a la liquidación de la referida sociedad, que no se procederá a la restitución de capital aportado por los socios, que el capital de la sociedad fue de $2.000.000.-, otorgándose las partes el finiquito correspondiente y declarando que nada se adeudan recíprocamente, ni le adeudan a terceros por concepto alguno. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Antofagasta, 30 de Agosto del año 2024.