Inversiones Hernández y Familia SpA
Instrumento
- Fecha
- 20 de agosto de 2024
- Repertorio
- 250
- Notario
- Guillermo Carlos Solar Pérez
- Oficio
- Segunda Notaría de Santiago con Asiento en la Comuna de Peñalolén
Objeto social
La Sociedad tendrá por objeto /a) la realización de toda clase de inversiones y)o negocios por cuenta propia o de terceros, relativos a todo tipo de bienes o derechos, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización y)o administración, comprendiéndose especialmente la inversión en efectos de comercio, valores mobiliarios, títulos de crédito, monedas o divisas extranjeras, acciones, bonos, debentures, y, en general, cualquier valor o instrumento de inversión del mercado de capitales; /b) compra venta de inmuebles; c) Alquiler de inmuebles de todo tipo, sean estos urbanos o rurales, con o sin mobiliario y d) concurrir a la constitución de sociedades de cualquier clase, naturaleza u objeto e ingresar a las ya constituidas; lo anterior, sin perjuicio de otras actividades que acuerden por unanimidad los accionistas de la Sociedad, relacionadas o no con lo anterior
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGuillermo Carlos Solar Pérez, Abogado, Notario Público, Titular de la Segunda Notaría de Santiago con Asiento en la Comuna de Peñalolén, con oficio en Avenida Quilín 5.283, Comuna de Peñalolén, certifico que: Por escritura pública otorgada con fecha 20 de agosto de 2024 de repertorio N° 250 del año 2024 ante mí, Javiera Alejandra Hernández Marín, Chilena, casada con separación total de bienes, terapeuta ocupacional, cédula de identidad N°19.985.051-2, constituyó una sociedad por acciones, de cuyos estatutos extracto lo siguiente: Nombre: “Inversiones Hernández y Familia SpA”. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto /a/ la realización de toda clase de inversiones y/o negocios por cuenta propia o de terceros, relativos a todo tipo de bienes o derechos, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización y/o administración, comprendiéndose especialmente la inversión en efectos de comercio, valores mobiliarios, títulos de crédito, monedas o divisas extranjeras, acciones, bonos, debentures, y, en general, cualquier valor o instrumento de inversión del mercado de capitales; /b/ compra venta de inmuebles; c) Alquiler de inmuebles de todo tipo, sean estos urbanos o rurales, con o sin mobiliario y d) concurrir a la constitución de sociedades de cualquier clase, naturaleza u objeto e ingresar a las ya constituidas; lo anterior, sin perjuicio de otras actividades que acuerden por unanimidad los accionistas de la Sociedad, relacionadas o no con lo anterior. Capital: El capital de la Sociedad es la cantidad de 5 millones de pesos, dividido en 5.000 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie y sin valor nominal. La totalidad de las acciones en que se encuentra dividido el capital social se suscribe y paga en la forma señalada en el artículo primero transitorio de estos Estatutos. Demás estipulaciones en escritura extractada. Peñalolén, Santiago, 20 de agosto de 2024.