INVERSIONES CHEPIGANA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 24 de julio de 2024
- Repertorio
- 18853-2024
- Notario
- NELSON PATRICIO CARVALLO SANTA MARIA
- Domicilio
- Titular don ALVARO GONZALEZ SALINAS
Sociedad
- Duración
- - La duración de la sociedad será de setenta años a contar de la fecha de constitución social, plazo que se renovará tácita y automáticamente por periodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno…”.- En lo no expresamente modificado sigue plenamente vigente el pacto social
Administración
- Se modifica la Cláusula Séptima de los estatutos sociales, reemplazándola íntegramente por la siguiente: “SÉPTIMO: Administración de la Sociedad y uso de su
Personas y entidades (3)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| Chile | socio | 59013050-9 | — | — | |
| Chile | socio | 59013040-0 | — | — | |
| INVERSIONES EMAC LIMITADA | socio | 77125312-1 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalNELSON PATRICIO CARVALLO SANTA MARIA, Notario Público, Suplente del Titular don ALVARO GONZALEZ SALINAS, con oficio en Avenida Apoquindo N°3001, segundo piso, Comuna de Las Condes, Región Metropolitana, Certifica: Por escritura pública de 24 de Julio de 2024, Repertorio N°18.853-2024, ante el Notario titular don ALVARO GONZALEZ SALINAS, SOUTHEASTERN MARITIME CORPORATION, agencia en Chile, RUT N°59.013.050-9 y de MAKO OVERSEAS CORPORATION, agencia en Chile, RUT N°59.013.040-0, todos domiciliados para estos efectos en calle Adriano Díaz N°298, comuna y ciudad de Santa Cruz, Región del Libertador Bernardo O´Higgins, y de paso en ésta, e INVERSIONES EMAC LIMITADA, RUT N°77.125.312-1, domiciliada en calle Los Conquistadores N°1700, oficina 23 A, comuna de Providencia, Región Metropolitana; quienes modificaron los estatutos sociales de INVERSIONES CHEPIGANA LIMITADA, particularmente las cláusulas Séptima y Octava, relativas a la administración y duración de la Sociedad, respectivamente, en el siguiente sentido: i) Administración.- Se modifica la Cláusula Séptima de los estatutos sociales, reemplazándola íntegramente por la siguiente: “SÉPTIMO: Administración de la Sociedad y uso de su razón social. La administración de la Sociedad y el uso de su razón social corresponderá única y exclusivamente a don Cristóbal Santiago Correa Ortúzar, cédula de identidad número dieciséis millones doscientos doce mil ciento cincuenta y dos guion nueve, quien actuando individualmente en nombre y representación de la sociedad, se encontrará premunido de las más amplias facultades de administración y disposición…”.- ii) Duración de la Sociedad.- Se modifica la cláusula Octava de los estatutos sociales, reemplazándola íntegramente por la siguiente: ”OCTAVO: Duración.- La duración de la sociedad será de setenta años a contar de la fecha de constitución social, plazo que se renovará tácita y automáticamente por periodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno…”.- En lo no expresamente modificado sigue plenamente vigente el pacto social.- Demás estipulaciones escritura extractada.- Santiago, 09 de Agosto de 2024.-