CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

INMOBILIARIA AVENIDA PADRE HURTADO UNO SpA

CVE 2540435
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
28 de agosto de 2024
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
28 de agosto de 2024
Repertorio
10842/2024
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP

Objeto social

El objeto de la sociedad será: a) la adquisición de toda clase de bienes, en el país o en el extranjero, sean estos muebles o inmuebles, valores mobiliarios, acciones o derechos, con la finalidad exclusiva de obtener las rentas que esas inversiones produzcan. En cumplimiento de este objetivo la sociedad podrá invertir capitales en forma directa o indirecta, pudiendo al respecto constituir o formar parte de todo tipo de sociedades nacionales o extranjeras; b) la administración de inversiones mobiliarias e inmobiliarias de toda clase; c) la adquisición, enajenación, comercialización, transformación, leasing, arrendamiento, subarrendamiento y)o explotación de bienes raíces en cualquiera forma; d) el desarrollo de negocios inmobiliarios de toda clase, ya sea en forma directa o a través de inversiones en otras sociedades; y e) la renovación, remodelación, construcción y desarrollo de bienes raíces y la comercialización en cualquier forma de los activos de las sociedad

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Titular de la 36ª Notaría de Santiago, con oficio en calle La Concepción número 65, piso 2, comuna de Providencia, certifico: que por escritura pública de fecha 28 de agosto de 2024, repertorio 10.842/2024, ante mí, INMOBILIARIA E INVERSIONES LA CAJA SpA, constituyó una sociedad por acciones, cuyos estatutos extracto, conforme a lo establecido en el artículo 426 del Código de Comercio: NOMBRE: INMOBILIARIA AVENIDA PADRE HURTADO UNO SpA. OBJETO SOCIAL: El objeto de la sociedad será: a) la adquisición de toda clase de bienes, en el país o en el extranjero, sean estos muebles o inmuebles, valores mobiliarios, acciones o derechos, con la finalidad exclusiva de obtener las rentas que esas inversiones produzcan. En cumplimiento de este objetivo la sociedad podrá invertir capitales en forma directa o indirecta, pudiendo al respecto constituir o formar parte de todo tipo de sociedades nacionales o extranjeras; b) la administración de inversiones mobiliarias e inmobiliarias de toda clase; c) la adquisición, enajenación, comercialización, transformación, leasing, arrendamiento, subarrendamiento y/o explotación de bienes raíces en cualquiera forma; d) el desarrollo de negocios inmobiliarios de toda clase, ya sea en forma directa o a través de inversiones en otras sociedades; y e) la renovación, remodelación, construcción y desarrollo de bienes raíces y la comercialización en cualquier forma de los activos de las sociedad. CAPITAL: El capital será la cantidad de $1.000.000.-, dividido y representado en 1.000.000 de acciones nominativas, ordinarias, todas de una misma y única serie y sin valor nominal, suscritas y no pagadas. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 29 de agosto de 2024.