Instrumento
- Fecha
- 26 de agosto de 2024
- Repertorio
- 7983-2024
- Notario
- MARIA PATRICIA DONOSO GOMIEN
- Oficio
- Vigésima Séptima Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Objeto social
El objeto de la sociedad será la realización de las siguientes actividades, sin que esta enumeración tenga carácter taxativo: Uno) La venta y comercialización de productos y servicios por medio de plataformas digitales, tiendas en línea y establecimientos físicos propios o de terceros. Dos) La importación, exportación, distribución y comercialización de productos de diversas categorías, tanto a nivel nacional como internacional. Tres) La prestación de servicios de almacenamiento, logística, transporte y distribución de mercancías. Cuatro) El desarrollo de estrategias de marketing digital y tradicional, publicidad online y offline, gestión de redes sociales y campañas publicitarias. Cinco) El desarrollo, mantenimiento y comercialización de software y aplicaciones para comercio electrónico y comercio presencial, incluyendo plataformas de pago y sistemas de gestión. Seis) La prestación de servicios de consultoría y asesoría en comercio electrónico, comercio presencial, logística, marketing digital y tradicional, y tecnologías de la información. Siete) La organización de cursos, talleres y programas de capacitación relacionados con el comercio electrónico, comercio presencial y marketing digital y tradicional. Ocho) La producción, manufactura y ensamblaje de productos para su comercialización por medio de plataformas de comercio electrónico y establecimientos físicos. Nueve) La creación, producción y distribución de contenido multimedia, incluyendo videos, imágenes y publicaciones para promover productos y servicios. Diez) La prestación de servicios de atención al cliente, postventa, incluyendo soporte técnico y gestión de reclamos y devoluciones. Once) La expansión de operaciones comerciales a mercados internacionales y la apertura de nuevas líneas de negocios relacionadas con el comercio online y el comercio presencial. Doce) La inversión en todo tipo de bienes, ya sean raíces o muebles, corporales o incorporales, valores mobiliarios, acciones o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean civiles o comerciales, comunidades o asociaciones, con la finalidad exclusiva de obtener las rentas que esas inversiones produzcan, ya sea por cuenta propia o por cuenta ajena. Trece) La sociedad podrá ejercer su objeto directamente o a través de terceros o asociada a terceros, por cuenta propia o ajena, pudiendo realizar las contrataciones que sean necesarias, establecer o suscribir convenios de atención con instituciones públicas o privadas, y constituir o ingresar a sociedades de cualquier clase para dicho fin; Catorce) Desarrollar la actividad de venta, compra, representación, distribución, consignación, exportación, arrendamiento, subarrendamiento, contratos bancarios de todo tipo, leasing, leasing de retorno, promesas, ofertas, y en general, la comercialización de todo tipo de productos, equipos médicos, agropecuarios o manufacturados, alimenticios, de vestuario, electrónica, por mayor o detalle, cualquiera sea su naturaleza, género, especie, marca origen, manufactura o denominación, en sus más amplios aspectos y bajo cualquier régimen legal, reglamentario, contractual, económico o tributario, incluido regímenes de zona franca, libre comercio zonal, regional o internacional. Quince) La ejecución de todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios a los fines indicados, al desarrollo de sus negocios o comercio o a la inversión de los fondos disponibles de la Sociedad, y en especial, podrá participar en toda clase de sociedades, civiles o comerciales, cualquiera sea su objeto, ya sean colectivas, anónimas, por acciones, de responsabilidad limitada o en comandita, pudiendo concurrir como socia comanditaria o gestora en éstas últimas
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARIA PATRICIA DONOSO GOMIEN, Notario Público, Titular de la Vigésima Séptima Notaría de Santiago, con oficio en calle Orrego Luco N° 0153, Providencia, certifica que: Por escritura pública de fecha 26 Agosto 2024, Repertorio N° 7983-2024; ante mí: ante mí MARÍA ANGÉLICA VIAL HERRERA, cédula de identidad N° 20.847.913-k, constituyó una sociedad por acciones: Nombre: “COMERCIALIZADORA MAV SpA”, pudiendo usar para fines de propaganda y publicidad, inclusive con los bancos e instituciones financieras, el nombre de fantasía o sigla “COMERCIALIZADORA MAV”. Objeto. El objeto de la sociedad será la realización de las siguientes actividades, sin que esta enumeración tenga carácter taxativo: Uno) La venta y comercialización de productos y servicios por medio de plataformas digitales, tiendas en línea y establecimientos físicos propios o de terceros. Dos) La importación, exportación, distribución y comercialización de productos de diversas categorías, tanto a nivel nacional como internacional. Tres) La prestación de servicios de almacenamiento, logística, transporte y distribución de mercancías. Cuatro) El desarrollo de estrategias de marketing digital y tradicional, publicidad online y offline, gestión de redes sociales y campañas publicitarias. Cinco) El desarrollo, mantenimiento y comercialización de software y aplicaciones para comercio electrónico y comercio presencial, incluyendo plataformas de pago y sistemas de gestión. Seis) La prestación de servicios de consultoría y asesoría en comercio electrónico, comercio presencial, logística, marketing digital y tradicional, y tecnologías de la información. Siete) La organización de cursos, talleres y programas de capacitación relacionados con el comercio electrónico, comercio presencial y marketing digital y tradicional. Ocho) La producción, manufactura y ensamblaje de productos para su comercialización por medio de plataformas de comercio electrónico y establecimientos físicos. Nueve) La creación, producción y distribución de contenido multimedia, incluyendo videos, imágenes y publicaciones para promover productos y servicios. Diez) La prestación de servicios de atención al cliente, postventa, incluyendo soporte técnico y gestión de reclamos y devoluciones. Once) La expansión de operaciones comerciales a mercados internacionales y la apertura de nuevas líneas de negocios relacionadas con el comercio online y el comercio presencial. Doce) La inversión en todo tipo de bienes, ya sean raíces o muebles, corporales o incorporales, valores mobiliarios, acciones o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean civiles o comerciales, comunidades o asociaciones, con la finalidad exclusiva de obtener las rentas que esas inversiones produzcan, ya sea por cuenta propia o por cuenta ajena. Trece) La sociedad podrá ejercer su objeto directamente o a través de terceros o asociada a terceros, por cuenta propia o ajena, pudiendo realizar las contrataciones que sean necesarias, establecer o suscribir convenios de atención con instituciones públicas o privadas, y constituir o ingresar a sociedades de cualquier clase para dicho fin; Catorce) Desarrollar la actividad de venta, compra, representación, distribución, consignación, exportación, arrendamiento, subarrendamiento, contratos bancarios de todo tipo, leasing, leasing de retorno, promesas, ofertas, y en general, la comercialización de todo tipo de productos, equipos médicos, agropecuarios o manufacturados, alimenticios, de vestuario, electrónica, por mayor o detalle, cualquiera sea su naturaleza, género, especie, marca origen, manufactura o denominación, en sus más amplios aspectos y bajo cualquier régimen legal, reglamentario, contractual, económico o tributario, incluido regímenes de zona franca, libre comercio zonal, regional o internacional. Quince) La ejecución de todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios a los fines indicados, al desarrollo de sus negocios o comercio o a la inversión de los fondos disponibles de la Sociedad, y en especial, podrá participar en toda clase de sociedades, civiles o comerciales, cualquiera sea su objeto, ya sean colectivas, anónimas, por acciones, de responsabilidad limitada o en comandita, pudiendo concurrir como socia comanditaria o gestora en éstas últimas. Capital: El capital de la sociedad será la suma de tres millones de pesos, dividido en cincuenta acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado. Demás estipulaciones en escritura extractada. SANTIAGO 26 DE AGOSTO DE 2024.