COMERCIALIZADORA HERVAS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 28 de agosto de 2024
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $639.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, Titular 34ª Notaría Santiago, Luis Thayer 359, Comuna Providencia, CERTIFICO: Por escritura pública 28 agosto 2024, ante mi, comparecen: LORENA ALEJANDRA HERMOSILLA VASQUEZ, BENITA EUGENIA VASQUEZ PALMA, JOAQUIN IGNACIO HERMOSILLA VASQUEZ, RAMÓN EDUARDO HERMOSILLA VASQUEZ, PABLO ANDRES HERMOSILLA VASQUEZ, todos domiciliados en esta ciudad, Avenida Maipú Nº3.101, local 19-20, comuna de Pedro Aguirre Cerda, Región Metropolitana; convinieron respecto de COMERCIALIZADORA HERVAS LIMITADA, inscrita a fojas 40.128 Nº 28.218 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2012, lo siguiente: BENITA EUGENIA VASQUEZ PALMA vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos sociales en COMERCIALIZADORA HERVAS LIMITADA equivalentes al 46,6% del capital social y utilidades, dejando de formar parte de la compañía, en partes iguales a los otros socios de la compañía, es decir el equivalente al 11,65% de los derechos sociales para cada uno de los señores PABLO ANDRES HERMOSILLA VASQUEZ, JOAQUIN IGNACIO HERMOSILLA VASQUEZ, RAMÓN EDUARDO HERMOSILLA VASQUEZ y LORENA ALEJANDRA HERMOSILLA VASQUEZ, quienes los compran, aceptan y adquieren para sí. El precio total de la cesión de derechos sociales asciende a la suma de $8.000.000, es decir, la suma de $2.000.000 por cada cesionario, suma de dinero que es pagada en este acto de contado y en dinero en efectivo. Como consecuencia de las cesiones de derechos sociales indicadas precedentemente se retira de la sociedad doña BENITA EUGENIA VASQUEZ PALMA, otorgándosele el más amplio, completo y total finiquito, quedando como únicos socios de COMERCIALIZADORA HERVAS LIMITADA, don PABLO ANDRES HERMOSILLA VASQUEZ, don JOAQUIN IGNACIO HERMOSILLA VASQUEZ, don RAMÓN EDUARDO HERMOSILLA VASQUEZ y doña LORENA ALEJANDRA HERMOSILLA VASQUEZ. A continuación, la unanimidad de los socios acuerda adecuar el estatuto de la sociedad de lo que se extracta lo siguiente: i) se modifica el artículo sexto relativo al capital social, quedando redactado en la siguiente forma: “El capital de la sociedad es la suma de $639.000, que los socios han aportado con anterioridad a este acto en los siguientes términos: Uno) Don PABLO ANDRES HERMOSILLA VASQUEZ, ha aportado la suma de ciento once mil ochocientos veinticinco pesos equivalente al diecisiete coma cinco por ciento de los derechos sociales; Dos) Don JOAQUIN IGNACIO HERMOSILLA VASQUEZ, ha aportado la suma de ciento setenta y cinco mil setecientos veinticinco pesos equivalente al veintisiete coma cinco por ciento de los derechos sociales; Tres) Doña LORENA ALEJANDRA HERMOSILLA VASQUEZ, ha aportado la suma de ciento setenta y cinco mil setecientos veinticinco pesos equivalente al veintisiete coma cinco por ciento de los derechos sociales; Cuatro) Don RAMÓN EDUARDO HERMOSILLA VASQUEZ ha aportado la suma de ciento setenta y cinco mil setecientos veinticinco pesos equivalente al veintisiete coma cinco por ciento de los derechos sociales.”; ii) se modifica el artículo Octavo relativo a la administración y representación legal de la compañía, en los siguientes términos: “La Administración y uso de la razón social corresponderá a doña LORENA ALEJANDRA HERMOSILLA VASQUEZ, quien actuando individualmente y anteponiendo a su firma la razón social de la compañía la representarán con todas y cada uno de las facultades establecida en el estatuto social, las que se entienden íntegramente reproducidas.”. Otras estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 28 agosto 2024.