MODIFICACIÓN Sociedad Anónima

AGRÍCOLA VALLENAR DOS S.A.

RUT 76045572-5 CVE 2540507
Capital
$16.295.948.055 CLP
Fecha instrumento
24 de julio de 2024
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
24 de julio de 2024
Notario
NELSON PATRICIO CARVALLO SANTA MARIA
Oficio
42° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$16.295.948.055 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

NELSON PATRICIO CARVALLO SANTA MARIA, Notario Público de la 42° Notaría de Santiago, Suplente del Titular don ALVARO DAVID GONZÁLEZ SALINAS, con oficio en Avenida Apoquindo N°3001, segundo piso, Comuna de Las Condes, Región Metropolitana, certifica: Por escritura pública de 24 de Julio de 2024, ante el Notario Titular, Sr. JUAN PABLO SCHNAKE FERRER, Rut. N°16.094.814-0, domiciliado en calle Los Conquistadores 1700, Oficina 23-A, comuna de Providencia, Región Metropolitana, debidamente facultado redujo acta de Junta Extraordinaria de Accionistas de AGRÍCOLA VALLENAR DOS S.A., celebrada el 11 de julio de 2024, con la asistencia de los accionistas LOCKSMITH TRADERS CORP, Rut. Nº59.144.290-2, FINANZAS ELCANO S.A., Rut. N°59.144.300-3, ambas domiciliadas para estos efectos en calle Adriano Díaz 298, ciudad y comuna de Santa Cruz, Región del Libertador Bernardo O´Higgins, quienes también suscribieron la escritura pública, por la cual se acordó reconocer el aumento del capital de la sociedad producto de la revalorización del capital propio, ascendiendo a la suma de $16.295.948.055, dividido en mil doscientos cuarenta y dos millones trescientos siete mil trescientos treinta y ocho acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal. Luego, se acordó transformar la Sociedad en una sociedad de responsabilidad limitada, aprobándose los siguientes estatutos: ARTÍCULO PRIMERO: El nombre o razón social de la sociedad de responsabilidad limitada es Agrícola Vallenar Dos Limitada. ARTÍCULO TERCERO: La duración de la Sociedad será de cincuenta años a contar de la fecha de constitución social. ARTÍCULO CUARTO: El objeto de la Sociedad será la explotación agrícola en predios propios o ajenos, bajo cualquier forma de contrato, pudiendo al efecto percibir rentas, frutos y asociarse con personas naturales o jurídicas, bajo la forma de sociedades anónimas, de responsabilidad limitada o cualquier otra; y, en general, la celebración de cualquier acto o contrato tendiente al desarrollo del negocio. ARTÍCULO QUINTO: El capital de la Sociedad será la suma de $16.295.948.055, que los socios ha aportado íntegramente en la siguiente proporción: A) LOCKSMITH TRADERS CORP ha enterado y aportado la suma de $13.618.720.167; y B) FINANZAS ELCANO S.A. ha enterado y aportado la suma de $2.677.227.888. ARTÍCULO SÉPTIMO: La administración de la Sociedad y el uso de su razón social corresponderá única y exclusivamente a don Cristóbal Santiago Correa Ortúzar. Demás estipulaciones escritura extractada.- Santiago, 20 de Agosto de 2024.-