TRANSPORTES LIPESA SpA
Instrumento
- Fecha
- 26 de julio de 2024
- Repertorio
- 70846-24
- Notario
- WLADIMIR ALEJANDRO SCHRAMM LÓPEZ
- Oficio
- 49° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| Junta Extraordinaria de Accionistas de TRANSPORTES LIPESA SpA | socio | 76445322-0 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalWLADIMIR ALEJANDRO SCHRAMM LÓPEZ, abogado, Notario Público Titular de la 49° Notaría de Santiago, con domicilio en calle Hnos. Amunátegui N°73, comuna de Santiago, Región Metropolitana: CERTIFICO: Por escritura pública de fecha 26 de julio de 2024, bajo repertorio Nº70.846-24, ante Álvaro Germán Orellana Jara, Notario Público Suplente de este oficio: se redujo a escritura pública acta de Junta Extraordinaria de Accionistas de TRANSPORTES LIPESA SpA, RUT Nº76.445.322-0, inscrita a fojas 55.087, Nº29.799 del Conservador de Comercio de Santiago correspondiente al año 2016, de fecha 26 de julio de 2024, con asistencia de la única accionista: FERNANDA BELÉN PINO PEREIRA, C.I. Nº21.713.401-3, dueña de 1.000 acciones; quien acuerda revocar las facultades y poderes otorgados a doña Lilyan Victoria Pereira Saavedra, y la designación del nuevo administrador y gerente general de la compañía, para ello se modifica y reemplaza parte del Artículo Séptimo de los estatutos sociales por el siguiente: “ARTÍCULO SEPTIMO: (…) Dos) El administrador de la sociedad será doña FERNANDA BELÉN PINO PEREIRA, cédula de identidad número trece seiscientos cincuenta y nueve mil setecientos doce guion cuatro, quien tendrá las más amplias facultades de administración y disposición del Administrador, el Administrador, actuando en la forma antes señalada, representará judicial y extrajudicialmente a la sociedad, en todos los asuntos, negocios, operaciones, gestiones, actuaciones, juicios, actos o contratos que digan relación directa o indirecta con su objeto social o que sean necesarios, conducentes o útiles a sus fines, y especialmente podrán: (…)”. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 21 de agosto de 2024.