JARA Y CÍA. COMERCIALIZADORA DE ARTÍCULOS FERRETEROS Y AUTOMOTRICES LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 23 de agosto de 2024
- Notario
- JUAN ESPINOSA BANCALARI
- Domicilio
- Concepción
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| JARA Y CÍA. COMERCIALIZADORA DE ARTÍCULOS FERRETEROS Y AUTOMOTRICES LIMITADA | socio | 76438437-7 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN ESPINOSA BANCALARI, Notario Público Titular de Concepción, con oficio en esta ciudad, calle O’Higgins 528, certifica: Por escritura pública de fecha 23 de agosto de 2024, bajo el Rep.N°3.096, ante mí, don SERGIO ERWIN JARA RIQUELME, domiciliado en calle Parque Nacional Torres del Paine, número siete mil setecientos cincuenta y cinco, Condominio Lago Gray casa número diecinueve, Sector Bosques San Pedro, comuna de San Pedro de la Paz; don SERGIO IVÁN JARA TAPIA, domicilio en Los Albatros, número mil setecientos veintiséis, sector Los Lobos, comuna de Talcahuano y doña MARÍA CRISTINA RAMIREZ RAMIREZ con domicilio en avenida Manuel Rodríguez número trescientos ochenta y cinco, sector Michaihue, comuna de San Pedro de la Paz, quienes modificaron sociedad de responsabilidad limitada JARA Y CÍA. COMERCIALIZADORA DE ARTÍCULOS FERRETEROS Y AUTOMOTRICES LIMITADA, RUT: 76.438.437-7 de la siguiente forma: (A) Venta de derechos sociales. El socio SERGIO IVÁN JARA TAPIA, con el expreso consentimiento de su otro socio vende sus participación en la sociedad equivalente al cinco por ciento del capital social a doña MARÍA CRISTINA RAMIREZ RAMIREZ, en la suma de doscientos veinticinco mil pesos; (B) Del capital social. El capital social es la cantidad de veinticinco millones de pesos que, los socios declaran como ya existente tanto fáctica, como contablemente en el haber social, además añaden que el origen de este aumento corresponde a título de utilidades, provenientes del ejercicio lícito del objeto social, obtenidos al día de hoy, desde la fecha de trasformación de la sociedad. En consecuencia, don SERGIO ERWIN JARA RIQUELME se constituye en socio mayoritario con un noventa y cinco por ciento del capital social total y doña MARÍA CRISTINA RAMIREZ RAMIREZ como socia con una participación en la sociedad igual al cinco por ciento restante; (C) Los socios limitan su responsabilidad a la suma de veinticinco millones de pesos; (D) Demás estipulaciones en escritura extractada. Concepción, 28 de agosto de 2024.