MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Inversiones Sagitario Chile Limitada

RUT 96551860-6 CVE 2540235
Capital
$6.923 CLP
Fecha instrumento
20 de agosto de 2024
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
20 de agosto de 2024
Repertorio
25154/2024
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$6.923 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Abogado, Notario Titular de la 43° Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos N°835, piso 18, comuna de Santiago, certifico que, por escritura pública otorgada ante mí con fecha 20 de agosto de 2024, Repertorio N°25.154/2024, don Patricio Alejandro de Solminihac Tampier, Administradora Padesol Limitada, Rentas Desolsie Limitada y doña María Isabel Sierralta Moro, todos con domicilio para estos efectos en Santiago, calle Fray León N°12.630, departamento 13, comuna de Las Condes, modificaron la sociedad denominada Inversiones Sagitario Chile Limitada, como sigue: Uno) Con el expreso consentimiento de todos los socios, se realizan las siguientes disminuciones de capital: a) La socia doña María Isabel Sierralta Moro, se retira de la sociedad, restituyéndosele la totalidad de su cuota en el capital social, esto es la suma de $6.923.440; y, b) El socio don Patricio Alejandro de Solminihac Tampier, se retira de la sociedad, restituyéndosele la totalidad de su cuota en el capital social, esto es la suma de $53.392.898. De este modo, el capital social disminuye desde la suma de $1.557.773.961 a la suma de $1.497.457.623. Tres) En consecuencia, los actuales socios de Inversiones Sagitario Chile Limitada modifican el texto de la cláusula cuarta relativa al capital social del estatuto social vigente, por el que sigue: “CUARTO: El capital de la sociedad es la suma de $1.497.457.623, totalmente enterado por los socios o sus antecesores en dinero en efectivo y mediante la capitalización de utilidades, y que corresponde a los actuales socios como sigue: a) a Rentas Desolsie Limitada, la suma de $1.496.965.383; y, b) a Administradora Padesol Limitada, la suma de $492.240.”. Cuatro) A continuación, los actuales socios de la compañía acordaron un nuevo texto refundido de los estatutos de la sociedad, y que es del siguiente tenor: La sociedad se denomina Inversiones Sagitario Chile Limitada y tiene su domicilio en Santiago, sin perjuicio de las agencias, sucursales u otros establecimientos que pueda constituir en otros lugares del país o en el extranjero. El objeto de la sociedad será la adquisición de bienes raíces, muebles, valores mobiliarios, participaciones sociales y cualesquiera otros bienes y la conservación y administración de los mismos, con miras a la percepción de sus frutos naturales y civiles. La sociedad podrá participar en otras personas jurídicas o sociedades de cualquier tipo y objeto, y ejercer todas las facultades que en ellas correspondan a los miembros, socios o accionistas, incluso asumiendo la administración de tales entidades. La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá exclusivamente a la sociedad denominada Administradora Padesol Limitada la cual podrá actuar por medio de sus propios administradores, de apoderados generales o de mandatarios especialmente designados al efecto. Esta designación no es esencial, ni entraba el otorgamiento de mandatos o poderes generales o especiales a favor de uno o más de los socios o terceros. El capital de la sociedad es la suma de $1.497.457.623, totalmente enterado por los socios o sus antecesores en dinero en efectivo y mediante la capitalización de utilidades, y que corresponde a los actuales socios como sigue: a) a Rentas Desolsie Limitada, la suma de $1.496.965.383; y, b) a Administradora Padesol Limitada, la suma de $492.240. La sociedad rige desde el 3 de marzo del año 1989 y durará hasta el 31 de diciembre del año 2060, plazo que se renovará sucesiva y tácitamente por períodos de 5 años cada uno, salvo que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de poner término a la sociedad al vencimiento del plazo inicial o de cualquiera de sus prórrogas, lo que deberá hacer mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social no menos de 6 meses antes del respectivo vencimiento. Sólo con acuerdo unánime de los socios podrá dejarse sin efecto el desahucio formulado por cualquiera de ellos. Santiago, 27 de agosto de 2024.