MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

Constructora e Inmobiliaria Las Camelias SpA

RUT 76308846-4 CVE 2540041
Fecha instrumento
13 de agosto de 2024
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
13 de agosto de 2024
Notario
Félix Jara Cadot
Oficio
41 Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Administración

Se modifica la administración de la sociedad en el sentido de designar nuevos administradores y su forma de administrar, modificando la cláusula Décimo Primera de los Estatutos Sociales de la siguiente forma: La administración de la sociedad será ejercida indistintamente por uno cualquiera de Fernando Javier Lama Deik, Fernando Alfredo Lama Salamé y)o María Paz Lama Salamé, quienes actuando individualmente representarán a la sociedad con amplias facultades según indica escritura extractada. ii) Fallecimiento. Se modifica la cláusula de fallecimiento del artículo Décimo Quinto de los Estatutos Sociales, que se reemplaza por el siguiente: “DÉCIMO QUINTO: Fallecimiento. En caso de fallecimiento o inhabilidad por incapacidad permanente de uno de los administradores designados, la administración de la sociedad se radicará en el o los administradores sobrevivientes designados y actuando en la forma descrita en la cláusula Décimo Primera de los Estatutos Sociales.”

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
Extraordinaria de Accionistas de Constructora e Inmobiliaria Las Camelias SpA socio 76308846-4

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Félix Jara Cadot, Notario Público 41 Notaría de Santiago, Huérfanos 1160, subsuelo, certifica: Por escritura pública hoy, ante mí, se redujo a escritura pública Acta Junta Extraordinaria de Accionistas de Constructora e Inmobiliaria Las Camelias SpA, RUT 76.308.846-4, inscrita a fojas 52.387 número 34.924 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del 2013, en la que se acordó lo siguiente: i) Administración. Se modifica la administración de la sociedad en el sentido de designar nuevos administradores y su forma de administrar, modificando la cláusula Décimo Primera de los Estatutos Sociales de la siguiente forma: La administración de la sociedad será ejercida indistintamente por uno cualquiera de Fernando Javier Lama Deik, Fernando Alfredo Lama Salamé y/o María Paz Lama Salamé, quienes actuando individualmente representarán a la sociedad con amplias facultades según indica escritura extractada. ii) Fallecimiento. Se modifica la cláusula de fallecimiento del artículo Décimo Quinto de los Estatutos Sociales, que se reemplaza por el siguiente: “DÉCIMO QUINTO: Fallecimiento. En caso de fallecimiento o inhabilidad por incapacidad permanente de uno de los administradores designados, la administración de la sociedad se radicará en el o los administradores sobrevivientes designados y actuando en la forma descrita en la cláusula Décimo Primera de los Estatutos Sociales.” Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 13 agosto 2024.