COMERCIAL INDIVIC SpA
Instrumento
- Fecha
- 27 de agosto de 2024
- Repertorio
- 13004/2024
- Notario
- LUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY
- Oficio
- Octava Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY, abogado, Notario Público titular de la Octava Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos novecientos cuarenta y uno oficina trescientos dos, comuna y ciudad de Santiago, certifico: Que por escritura pública de fecha 27/08/2024, Repertorio 13.004/2024, ante Mi, Don SERGIO SAMUEL NETO FARÍAS, C.I. N° 9.678.502-K; don SERGIO ANDRÉS NETO ARRIAGADA, C.I. N° 17.956.827-6, en representación de INVERSIONES SEIRA GROUP LIMITADA, Rut N° 77.773.079-7, doña YERAY CATALINA POZO CASTAÑEDA, C.I. N° 21.077.260-K, y doña NOELIA POZO CASTAÑEDA, C.I. N° 21.787.565-K, ambas en representación de, INVERSIONES LANOYEK LIMITADA, Rut N° 77.773.103-3; todos los anteriores, domiciliados para estos efectos en Avenida Lo Espejo N° 01565 b - 225-227, comuna de Lo Espejo, Región Metropolitana; son los únicos y actuales socios de “COMERCIAL INDIVIC SpA”, RUT N° 76.447.057-5, la cual se constituyó por escritura pública de fecha 24 de agosto del año 2016, otorgada en la Notaría de Santiago de don Felix Jara Cadot, cuyo extracto fue inscrito en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de San Miguel a Fojas 225 Número 145 del año 2016 y se publicó en el Diario Oficial de fecha 27 de agosto del mismo año. La sociedad ha sido objeto de modificaciones siendo la última aquella en virtud de la cual se modificó el domicilio de la sociedad otorgada por escritura pública de fecha 29 de mayo del año 2024 en la Notaría de Santiago de don Luis Ignacio Manquehual Mery, cuyo extracto fue inscrito en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de San Miguel a Fojas 164 Número 89 y a Fojas 70.467, Número 28.193 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, ambas correspondiente al año dos mil veinticuatro. Por el presente instrumento, los socios acuerdan introducir al pacto social la siguiente modificación: Modificar el ARTÍCULO NOVENO, relativo a la administración, representación y uso de la razón social, en materias que no son objeto de extracto. En lo no modificado permanecen vigentes demás estipulaciones pacto social. Demás estipulaciones constan escritura extractada. Santiago 27 de agosto de 2024.