CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD DE INVERSIONES SANTA CRUZ LIMITADA

CVE 2539499
Capital
$1.200.000.000 CLP
Fecha instrumento
22 de agosto de 2024
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
22 de agosto de 2024
Repertorio
414-2024
Notario
ALEJANDRO JAVIER GUERRA PINTO
Oficio
Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.200.000.000 CLP
Domicilio
Santiago
Duración
Indefinida

Objeto social

La sociedad tendrá por

Administración

La representación, administración y uso de la razón social, corresponderá individualmente a doña MARÍA EUGENIA GONZÁLEZ PEÑA. En caso de ausencia de doña MARÍA EUGENIA GONZÁLEZ PEÑA, situación que no será necesario acreditar ante terceros, la administración de la sociedad, la representación y el uso de la razón social corresponderá conjuntamente a doña MARÍA IGNACIA FREDERICK GONZÁLEZ y a don CRISTIÁN FREDERICK ALDUNATE. Solo en caso de ausencia o incapacidad de uno cualquiera de los administradores conjuntos antes señalados, situación que no será necesaria de acreditar ante terceros, su lugar podrá ser ocupado por don CRISTIÁN EDUARDO FREDERICK GONZÁLEZ, quien actuará conjuntamente con uno cualquiera de los administradores conjuntos antes señalados

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ALEJANDRO JAVIER GUERRA PINTO, abogado, Notario Público, Titular de la Notaría de Santiago, con asiento en la comuna de Independencia, con domicilio en Avenida Independencia Nº873, Independencia, certifica: Que, por escritura pública de fecha 22 de agosto del año 2024, Repertorio N°414-2024, otorgada ante mí; doña MARÍA EUGENIA GONZÁLEZ PEÑA, domiciliada en calle Nevería N°4.774, departamento N°402, comuna de Las Condes, Santiago; don CRISTIÁN EDUARDO FREDERICK GONZÁLEZ, domiciliado en calle Toltecas N°8.676, comuna de Las Condes, Santiago; doña MARÍA IGNACIA FREDERICK GONZÁLEZ, domiciliada en calle Luxemburgo N°9.879, comuna de Las Condes, Santiago; doña VALENTINA MARÍA FREDERICK GONZÁLEZ, domiciliada en calle El Belloto N°3.717, comuna de Providencia, Santiago; y doña CONSTANZA FREDERICK GONZÁLEZ, domiciliada en calle Santa Teresa Jornet de Ibars N°1.370, comuna de Las Condes, Santiago; acordaron constituir una sociedad de responsabilidad limitada cuyo estatuto extractado es el siguiente: Razón Social. La razón social de la Sociedad será “SOCIEDAD DE INVERSIONES SANTA CRUZ LIMITADA”, pudiendo usar para todos los efectos legales la sigla o nombre de fantasía de “SANTA CRUZ LTDA”. Domicilio: Santiago, sin perjuicio de poder establecer agencias o sucursales en otros lugares del país o en el extranjero. Objeto: La sociedad tendrá por objeto: a) La inversión, tanto en Chile como en el exterior, en toda clase de bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles; su administración; arriendo, subarriendo y la percepción de los frutos o rentas que ellos generen; b) La realización de todo tipo de inversiones, por cuenta propia, de terceros o en conjunto con ellos, tanto en el país como en el extranjero, en toda clase de negocios comerciales, industriales o simplemente de inversión, en bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, acciones, formando o integrando sociedades, en efectos de comercio y valores mobiliarios, pudiendo actuar libremente en el mercado bursátil, de capitales o financiero; c) Constituir, formar, participar o adquirir participación en toda clase de sociedades, civiles y comerciales, públicas o privadas, nacionales o extranjeras, en el país o fuera de éste; d) Planificar, desarrollar, coordinar, organizar y ejecutar todo tipo de proyectos o negocios de cualquier índole, por cuenta propia o de terceros; e) Prestar toda clase de asesorías a empresas o instituciones, sean éstas públicas o privadas, e incluso a personas naturales con relación a la administración, finanzas y, en general, cualquier materia que tenga relevancia para el buen desempeño de una empresa; y f) En general, realizar todo otro tipo de actividades afines, similares, complementarias o relacionadas con las anteriormente indicadas y la realización de los demás negocios que los socios de común acuerdo determinen. Duración: La duración de la sociedad será indefinida. Capital: El capital de la sociedad será de la suma de $1.200.000.000, que los socios aportarán al contado, en dinero efectivo, dentro de un plazo de dos años contados desde el acto de constitución de la sociedad en la medida que las necesidades sociales lo requieran, de la siguiente manera: a) doña MARÍA EUGENIA GONZÁLEZ PEÑA, con la suma de $1.188.000.000 correspondiente al noventa y nueve por ciento del capital social; b) don CRISTIÁN EDUARDO FREDERICK GONZÁLEZ, con la suma de $3.000.000, correspondiente al cero coma veinticinco por ciento del capital social; c) doña MARÍA IGNACIA FREDERICK GONZÁLEZ, con la suma de $3.000.000, correspondiente al cero coma veinticinco por ciento del capital social; d) doña VALENTINA MARÍA FREDERICK GONZÁLEZ, con la suma de $3.000.000, correspondiente al cero coma veinticinco por ciento del capital social; y, e) doña CONSTANZA FREDERICK GONZÁLEZ, con la suma de $3.000.000, correspondiente al cero coma veinticinco por ciento del capital social. Administración: La representación, administración y uso de la razón social, corresponderá individualmente a doña MARÍA EUGENIA GONZÁLEZ PEÑA. En caso de ausencia de doña MARÍA EUGENIA GONZÁLEZ PEÑA, situación que no será necesario acreditar ante terceros, la administración de la sociedad, la representación y el uso de la razón social corresponderá conjuntamente a doña MARÍA IGNACIA FREDERICK GONZÁLEZ y a don CRISTIÁN FREDERICK ALDUNATE. Solo en caso de ausencia o incapacidad de uno cualquiera de los administradores conjuntos antes señalados, situación que no será necesaria de acreditar ante terceros, su lugar podrá ser ocupado por don CRISTIÁN EDUARDO FREDERICK GONZÁLEZ, quien actuará conjuntamente con uno cualquiera de los administradores conjuntos antes señalados. Demás estipulaciones constan en escritura extractada y no son materia de extracto. Santiago, 27 de agosto del año 2024.